La Diputación de Ourense establece ayudas para Pymes y autónomos
La iniciativa tiene como objetivo ayudar a los autónomos que hayan tenido que acogerse al cese de actividad como consecuencia de la crisis del coronavirus
El presidente de la Diputación de Ourense, Manuel Baltar, dio a conocer hoy una importante medida dentro de la estrategia de cooperación que está impulsando desde el gobierno provincial para paliar la grave crisis sanitaria, social y económica del COVID-19 en la provincia de Ourense. Se trata de dos líneas de ayudas para autónomos y Pymes de la provincia, para las que la Diputación destina casi cuatro millones de euros (3.825.000 €) y que tienen como objetivo ayudar a los autónomos que hayan tenido que acogerse al cese de actividad como consecuencia de la crisis del coronavirus, y también a las pequeñas empresas que hayan sufrido una pérdida de facturación igual o superior al 50 %.
Es la primera vez que la Diputación de Ourense pone en marcha estas ayudas directas y específicas, siendo en este sentido uno de los gobiernos provinciales pioneros en España. “Se trata de destinar casi cuatro millones de euros en subvenciones para autónomos y Pymes radicadas en ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, unos sectores que son prioritarios para el gobierno provincial en la estrategia de reactivación económica que ya hemos iniciado desde la Diputación de Ourense”, afirma el presidente Baltar.
Manuel Baltar dio a conocer estas medidas económicas al término de la reunión de la Junta de Gobierno celebrada telemáticamente hoy viernes, con 25 puntos en el orden del día, en la que también se aprobaron ayudas para 13 municipios, destinadas a obras de infraestructuras, servicios, eficiencia energética, saneamiento, cultura, deporte y equipamientos.
En el caso de las ayudas a autónomos, la Junta de Gobierno aprobó las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a trabajadores autónomos de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ourense que se acogieran al cese de actividad en la crisis del COVID-19. El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concurrencia no competitiva, y la concesión de las subvenciones se realizará de forma continua, hasta agotar el presupuesto previsto, según la orden de recepción de las solicitudes y bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de dieciocho años que cumplan los siguiente requisitos: ser trabajadores autónomos, incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, figurando dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas; ejercer una actividad económica con carácter empresarial, profesional o artística por cuenta propia en un municipio de la provincia de Ourense de población inferior a 20.000 habitantes; tener reconocida la prestación extraordinaria por cese de actividad prevista en el artículo 17 del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social delCOVID-19. La subvención tendrá una cuantía de 600 euros, que se harán efectivos en un pago único.
Ayudas para Pymes
En cuanto a las ayudas para Pymes, La Junta de Gobierno aprobó las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a pequeños empresarios de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia afectados por la crisis del COVID-19, en los siguientes términos. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica que cumplan los siguientes requisitos: ejercer una actividad económica en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ourense, figurando de alta en el Impuesto de Actividades Económicas; tratarse de pequeñas empresas que tengan un número de trabajadores inferior a diez personas a fecha 14 de marzo de 2020, y tener, en el ejercicio 2019, una facturación anual a afectos del IVA/IVA inferior a un millón de euros; que la actividad económica realizada no se viese afectada por el cierre obligatorio durante el estado de alarma declarado a consecuencia de la pandemia del COVID–19; y que su facturación a efectos del IVA/IVA durante el período de 14 de marzo a 30 de abril de 2020 se viese reducida en un 50 % o más con respeto a la facturación media del ejercicio 2019.
La subvención no podrá exceder de 1.000 euros por solicitante.
Las solicitudes para ambas líneas de ayudas deberán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Ourense, de modo presencial o telemático, en este último caso a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Ourense (https://sede. depourense.es). El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia