La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) ha acordado prohibir temporalmente la navegación deportiva o de recreo y cualquier modalidad de flotación en el tramo urbano del río Guadiana a su paso por Badajoz, una medida adoptada exclusivamente por motivos de seguridad para proteger a los usuarios de actividades náuticas.
La resolución responde a la comunicación remitida por el Club de Piragüismo de Badajoz, en la que se alertaba del riesgo existente para piragüistas y otros usuarios del río debido a la presencia de abundante vegetación acuática. En caso de vuelco de una embarcación, el entramado de raíces que se desarrolla bajo la superficie del agua podría dificultar la salida de los deportistas y provocar situaciones de peligro.
Desde hace meses, la Confederación Hidrográfica del Guadiana desarrolla actuaciones de control sobre el nenúfar mejicano (Nymphaea mexicana), especie exótica invasora que prolifera en este tramo del río. Los trabajos consisten en la siega periódica de la vegetación mediante maquinaria especializada con el objetivo de contener su expansión y mantener un canal navegable que permita compatibilizar la conservación del cauce con el desarrollo de actividades recreativas y deportivas.
No obstante, estas actuaciones de mantenimiento no permiten eliminar completamente el riesgo existente, ya que el sistema radicular de la planta permanece anclado en los sedimentos del fondo del río. La eliminación definitiva de este problema requerirá actuaciones posteriores sobre los lodos del cauce, donde se desarrolla la especie.
Ante esta situación, y dado que las labores de siega no garantizan por sí solas unas condiciones de navegación seguras, la Confederación ha decidido suspender temporalmente la navegación en este tramo del Guadiana hasta que una evaluación técnica determine que puede practicarse con las debidas garantías de seguridad.
La prohibición no afecta a las embarcaciones de la CHG que participan en los trabajos de control y retirada de la especie invasora, ni a las de los servicios de emergencia o aquellas que puedan ser autorizadas expresamente por el Organismo para el desarrollo de estas actuaciones.
La prohibición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.E.

