TRIBUNALES

El TSJCV confirma la absolución de Jorge Rodríguez y los otros 13 acusados en el caso Alquería

Los magistrados han desestimado el recurso de apelación presentado por la Fiscalía Anticorrupción contra la sentencia de la Audiencia Provincial dictada el pasado mes de mayo

Amparo Piqueres | Europa Press

Valencia | 14.12.2023 15:12

Archivo - Rodríguez declara en la el caso Alquería.
Archivo - Rodríguez declara en la el caso Alquería. | EUROPA PRESS - Archivo

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la absolución del expresidente de la Diputación de Valencia Jorge Rodríguez y los otros 13 acusados en el marco de la causa por los contratos de alta dirección en la empresa pública Divalterra (antes Imelsa) entre los años 2015 y 2018.

De esta forma, los magistrados han desestimado el recurso de apelación presentado por la Fiscalía Anticorrupción contra la sentencia de la Audiencia Provincial dictada el pasado mes de mayo, que exculpó a los encausados de los delitos de prevaricación, malversación y falsedad documental, según ha informado el tribunal valenciano.

En concreto, Rodríguez y los otros 13 acusados --entre ellos dos exgerentes y la exvicegerente de Divalterra y tres antiguos asesores del primero-- fueron absueltos por la Audiencia al no ver delito en su actuación en relación con las contrataciones de altos directivos en la empresa pública Divalterra entre 2015 y 2018 para favorecer a personas afines a PSPV y Compromís: ni prevaricación administrativa, ni malversación de caudales públicos ni falsedad documental. Los siete acusados restantes son los altos directivos contratados para la mercantil.

En la sentencia de apelación, que consta de 168 páginas y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, el TSJCV señala que la declaración de hechos probados, "tal y como aparece redactada en la sentencia impugnada, no permite fundamentar la condena que se pretende".

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha ratificado la sentencia absolutoria de la Audiencia al entender que está suficientemente motivada en virtud de la prueba practicada en el acto del juicio oral.

"Se podrá compartir o no por este tribunal de apelación lo dicho por el tribunal de primera instancia, pero no es posible afirmar que sus apreciaciones sean contrarias al sentido común, a la lógica o a la experiencia, ni por tanto que sean absurdas, arbitrarias, inconsistentes o incoherentes", señalan los magistrados del TSJCV.

"Cuanto menos concurren dudas razonables al respecto, y esta apreciación del tribunal de instancia se respeta por este tribunal de apelación, dado que las razones tomadas en consideración por aquel son razonables y acordes con el sentido común, la lógica vulgar y la experiencia ordinaria", agrega.

Las acusaciones mantenían que los máximos responsables de Divalterra diseñaron un sistema artificioso de áreas de dirección en esta sociedad únicamente para favorecer a miembros, afines o simpatizantes de los partidos políticos que dirigían entonces la corporación provincial, PSPV-PSOE y Compromís.

Sin embargo, la Audiencia de Valencia concluyó que no había resultado acreditado que la mercantil dependiente de la Diputación resultase perjudicada económicamente por ese nuevo modelo de gestión y tampoco apreció la comisión de ninguno de los delitos atribuidos a sus responsables.

Denuncia Fiscalía

El juicio por estos hechos se inició en septiembre de 2022, casi cuatro años desde el inicio de la causa, y concluyó el 30 de noviembre. El proceso arrancó con una denuncia de Fiscalía Anticorrupción, tras denuncias previas de dos exdirectivos de la empresa pública dependiente de la Diputación y ya liquidada.

En total, en este procedimiento había 14 acusados, entre ellos Rodríguez, quien siempre mantuvo que era inocente. Rodríguez se enfrentaba a la pena de ocho años de prisión, tal y como le reclamaban las acusaciones --Fiscalía, Acción Cívica y PP--, mientras que su defensa pedía la absolución.

Las acusaciones también solicitaban ocho años de cárcel para el que fuera su jefe de gabinete, Ricard Gallego; para el asesor Manuel Reguart (ambos por cooperación necesaria) y para los dos exgerentes de Divalterra (antigua Imelsa), Agustina Brines (por Compromís) y José Ramón Tiller (por el PSPV) por prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial.

Además, el fiscal pedía para las siete personas contratadas como cargos de alta dirección seis años de prisión: uno por falsedad documental y cinco más por malversación de caudales por cooperación necesaria; y otros seis para el letrado-asesor de Divalterra, Jorge Cuerda, y otro gerente, Xavier Simón, por falsedad, malversación y prevaricación.