Por blanqueo de capitales y revelación de secretos

Condenada una agente de la Policía Nacional de Elche por facilitar información a su novio investigado por robo con fuerza

A un año de prisión, así como a veinte siete meses de inhabilitación para cargo o empleo público

David Alberola García

Elche | 09.12.2022 14:07

Ciudad de la Justicia de Elche.
Ciudad de la Justicia de Elche. | Onda Cero Elche

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Alicante, que tiene su sede desplazada en Elche, ha condenado a una agente de la Policía Nacional a un año de prisión, 27 meses de inhabilitación para cargo o empleo público y al pago de una multa de más de 3800 euros por los delitos de blanqueo de capitales y revelación de secretos.

La condenada, destinada en la unidad de Policía Judicial de la Comisaría de Elche, infringió el deber de sigilo y reserva al que estaba obligada por su cargo y realizó consultas en bases de datos policiales sobre un delincuente con el que mantenía una relación sentimental.

Según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la sentencia declara probado que la funcionaria realizó esas consultas entre abril de 2019 y diciembre de 2020. La información que obtuvo de las mismas sirvió a su pareja sentimental “para eludir la persecución policial y judicial respecto a diversas infracciones delictivas que se hallaban perpetrando”.

En concreto, el novio de la ahora condenada pudo ser conocedor de que un juzgado le había intervenido tres de sus teléfonos móviles en el marco de una investigación por un delito de robo con fuerza, así como los datos de un coche policial camuflado, lo que frustró la investigación que estaba en marcha.

El Tribunal también ha declarado probado que la agente de la policía recibió en junio de 2019, en una cuenta corriente de su titularidad, 7500 euros procedentes de la compraventa fraudulenta de vehículos en Italia, a sabiendas de su procedencia delictiva.

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial ha absuelto a la encausada de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, al entender que no ha quedado probado que presenciara en su vivienda como su compañero sentimental y otras personas fabricaban sustancias estupefacientes.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.