SOLO CUMPIRÁ 20

Condenado a 72 años y medio de prisión un pederasta vecino de Alicante

La sentencia establece el máximo de cumplimiento efectivo de la condena en 20 años de prisión y no es firme porque se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana

Redacción

Alicante |

Archivo - Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante -
Archivo - Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante - | Joaquín Reina - Europa Press - Archivo

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 72 años y medio de prisión a un hombre por almacenar y compartir archivos de tipo pedófilo y abusar de varias menores de las que registró imágenes cuando practicaban diversos actos sexuales que él mismo les había solicitado.

La sentencia, que fija el máximo de cumplimiento efectivo de la condena en 20 años de prisión, no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La Sala le ha condenado por nueve delitos de elaboración de pornografía infantil, cinco delitos de abuso sexual a menor, dos de ellos con penetración, nueve delitos de exhibicionismo y un delito de tenencia y difusión de pornografía infantil, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Además, el hombre ha quedado inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un periodo superior en cinco años al de la pena privativa de libertad.

Asimismo, la sentencia ha considerado probado que, entre los meses de febrero y abril de 2021, el condenado contactó a través de una aplicación de videochats en vivo con menores de 16 años, con las que mantenía conversaciones de carácter sexual, les mostraba sus genitales y realizaba actos sexuales.

De acuerdo con el TSJCV, durante estas videollamadas, el penado, con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso, solicitaba a las niñas que practicaran determinados actos sexuales frente a la cámara y conseguía que estas accedieran.

En enero de 2022, tras comprobar que desde una vivienda de Alicante se estaban descargando y compartiendo archivos de tipo pedófilo, se procedió a la entrada y registro en el domicilio del penado y en un local, también de Alicante, en el que trabajaba.

Los agentes se incautaron de un ordenador, dos teléfonos, un disco duro y varias memorias USB donde localizaron más de 2.000 archivos, fotografías y vídeos de tipo pornográfico con menores desnudas, algunas de ellas de menos de diez años, en actitud sexual y vejatoria o manteniendo relaciones sexuales.

Entre estos archivos se encontraban "múltiples" capturas de pantalla de los videochats en vivo en los que el condenado conversaba con menores y les enseñaba sus genitales. Además, en los textos de las conversaciones mantenidas se observa la concordancia entre las proposiciones que el hombre les hacía y los gestos que a continuación realizaban ellas.

La Sala califica estos hechos como constitutivos de delitos de abuso sexual a menor de 16 años, dos de ellos con penetración, y cita jurisprudencia del Tribunal Supremo para argumentar que "es posible considerar supuestos en los que, sin contacto físico entre autor y víctima, se ejecuten actos por el menor que atenten a su indemnidad sexual, simultáneos o no a otros ejecutados por el autor, el cual incita, impulsa, guía o condiciona los primeros".