Sentencia temporeros

Condenados a un año y ocho meses de prisión 4 temporeros por desórdenes públicos y lesiones durante el motín en la Ifab

Condenados los 4 inmigrantes como autores responsables de la comisión de un delito de desórdenes públicos, previsto en los arts 557 y 557 bis 1a y 2a el C.P., y de siete delitos leves de lesiones.

Redacción

Albacete | 18.05.2021 14:37

Un juzgado cree que el Ayuntamiento de Albacete no vigiló la salud de los policías tras el motín de temporeros
Un juzgado cree que el Ayuntamiento de Albacete no vigiló la salud de los policías tras el motín de temporeros | onda cero albacete

Por el delito de desórdenes públicos, la pena de prisión de un año y ocho meses , y la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

Por cada uno de los 7 delitos leves de lesiones, la pena de multa de un mes, con una cuota diaria tres euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago a razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.

En concepto de responsabilidad civil, los cuatro acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente al agente 114-. 540 en la cantidad de 350 euros, con la aplicación de los intereses legales del art. 576 de la LEC.

Se imponen a los acusados las costas del juicio y se acuerda que los cuatro acusados cumplan la mitad de la pena impuesta, siendo sustituida la restante por su expulsión de territorio nacional, no pudiendo regresar a España en un periodo de seis años. Se abonará el tiempo que los acusados han estado privados de libertad para el cumplimiento de la pena impuesta.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación para ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, previa su preparación ante esta Audiencia, por medio de escrito autorizado con firma de Letrado y Procurador, dentro de los diez días siguientes a la notificación.