ELECCIONES CANTABRIA 28M

Cómo solicitar el voto accesible en las elecciones autonómicas de Cantabria 2023

Los cántabros podrán pedir el voto accesible para las elecciones autonómicas de Cantabria hasta el 1 de mayo. Consulta aquí cómo hacerlo.

Alicia Real

Santander | 27.04.2023 08:00

Kit Voto Accesible
Kit Voto Accesible | @ONCE_oficial

Las personas con alguna discapacidad visual pueden utilizar el procedimiento especial de voto accesible. Siempre con carácter voluntario y el que lo solicite tendrá un kit/maletín de votación accesible el día de las Elecciones en su Mesa electoral.

¿Quién lo puede pedir?

Personas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura Braille y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o sean afiliados/as a la ONCE.

Plazo de solicitud

Del 4 de abril al 1 de mayo, incluidos.

Cómo pedirlo

Las personas electoras con discapacidad visual que deseen utilizar este procedimiento en las Elecciones al Parlamento de Cantabria, deberán solicitar el kit de votación accesible directamente al número de teléfono gratuito 900 102 885.

¿Qué contiene el kit?

El maletín de kit de votación contiene:

  • Guía en braille para usar la documentación.
  • Un sobre para votar.
  • Varios sobres en braille y tinta con los nombres de las candidaturas.
  • Dentro de cada sobre está la papeleta.

Cómo usarlo

Una vez le haya sido entregado el kit de votación accesible puede usted solicitar a quienes componen la Mesa electoral que le faciliten el acceso a un espacio, ubicado lo más cerca posible de la Mesa electoral, para que usted pueda manejar allí la documentación contenida en el kit de votación accesible con garantías de privacidad. También puede llevarse el kit de votación accesible fuera del local electoral y regresar más tarde a emitir su voto.

A continuación, el elector o electora se dirigirá a votar a la Mesa electoral donde deberá mostrar al Presidente o Presidenta de la Mesa electoral uno de los siguientes documentos para identificarse:

  • El Documento Nacional de Identidad (DNI). No sirve el resguardo del DNI en trámite, puesto que en él no aparece fotografía del elector o electora.
  • El Pasaporte (con fotografía).

No importa que estos documentos estén caducados, pero deben ser los originales, no valen fotocopias.