ENTREVISTA EN MÁS DE UNO

¿Qué problemas jurídicos presenta el nuevo fondo de la Generalitat para pagar las multas del Tribunal de Cuentas?

Tras la aprobación del nuevo fondo de 10 millones con el que la Generalitat pretende avalar la fianza de los 34 ex altos cargos encausados por el Tribunal de Cuentas, Carlos Alsina habla en Más de uno con Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, que plantea cuáles son los principales problemas de esta nueva normativa en materia jurídica.

ondacero.es

Madrid | 07.07.2021 10:42 (Publicado 07.07.2021 10:41)

La Generalitat de Cataluña aprobó este pasado martes un decreto ley en el que creaba un fondo genérico –Fondo Complementario de Riesgos– de 10 millones de euros, extraídos directamente de los Presupuestos catalanes, para avalar las fianzas de 5,4 millones impuestas por el Tribunal de Cuentas a 34 ex altos cargos.

En Más de uno, Carlos Alsina habla con Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, para analizar esta nueva normativa impuesta por el Govern de Cataluña y nos detalla cuáles son los grandes problemas que presenta este nuevo decreto autonómico, que podría ser considerado como un fraude de ley.

Explica Robledo que este decreto-ley es tan creativo como que ahora no hay ninguna norma legal que permita esa decisión. "Lo que se anunció ayer es que se iba a cambiar el ordenamiento jurídico para aprobar un decreto-ley, pero esta mañana aún no se ha publicado en el diario oficial de Cataluña", recuerda, añadiendo que, ahora mismo, estamos analizando una norma que no existe. "No podemos saber muy bien los términos en los que está porque no hay ningún precedente", insiste.

Problemas jurídicos de la normativa para avalar las fianzas a los encausados por el Tribunal de Cuentas

Por otra parte, sobre si esta nueva normativa podría ser considerada como un fraude de ley, a pesar de no contar aún con el texto final, señala Robledo que existen diferentes problemas jurídicos en la instauración de este aval para los encausados por el Tribunal de Cuentas.

No se da el hecho habilitante del decreto ley

"El decreto ley es un instrumento jurídico extraordinario que debe usarse en caso de urgente necesidad", reitera el catedrático. Sin embargo, las palabras del consejero de Economía, Jaume Giró, durante el anuncio de la medida dan pie a pensar que "no se está pensando en nadie porque las leyes tienen que ser generales" y que, por tanto, no se da el hecho habilitante del decreto-ley. "¿De dónde surge esta urgente necesidad entonces?", se pregunta Ruiz Robledo, que dice que, si surge de un caso concreto de 40 personas, la ley no tiene la función de cubrir a 40 personas.

Una normativa autonómica que modifica una ley estatal

Además, otro problema jurídico que presenta esta normativa es si las comunidades autónomas pueden alterar el sistema de responsabilidad de sus funcionarios, ya que es el artículo 149 de la Constitución el que da esa función a la Administración Pública General. "Las bases de las administraciones públicas están en una ley estatal. ¿Estaría ese decreto ley autonómico modificando la ley estatal?", señala, asegurando que el gran problema es cómo regular una ley autonómica que le corresponde al Estado, pues "esas leyes no pueden ser modificadas por las autonomías".

Avalar una responsabilidad contable

El tercer problema que presenta ese decreto ley es que una responsabilidad individual, que se exige a una serie de personas, queda avalada por la actuación de las administraciones públicas. Aunque existen costumbres que permiten establecer pólizas de responsabilidad civil en las administraciones, "aquí estamos hablando de responsabilidad contable, determinada por el Tribunal de Cuentas. Asumir que esa responsabilidad contable puede ser avalada por una Comunidad Autónoma lo veo muy discutible", explica.

¿Un nuevo caso de malversación de dinero público?

Ante la pregunta de si este aval de la Generalitat con dinero público de los Presupuestos podría suponer un nuevo caso de malversación de dinero público, el catedrático señala que existe alguna posibilidad. Sin embargo, asegura que si pensamos en la comisión de un delito, es algo bastante complicado de establecer. "Aquí lo que se está viendo es si una práctica que está en la responsabilidad civil se puede pasar a la responsabilidad contable. Como no tenemos precedentes, tampoco podemos decir que está actuando delictualmente", reitera.

"Todo es legal porque parten de la teoría de que la Generalitat es un órgano independiente y que puede hacer aquello que considere, pero en realidad la Generalitat está sometida a la Constitución y el Estatuto y yo no veo que ninguno de los dos vayan a permitir esta ley", concluye.