El pleno del Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado este martes en contra del parón del Congreso de los Diputados durante el primer estado de alarma y estima el recurso del grupo parlamentario de Vox al entender que la paralización de los trámites parlamentarios vulneró el derecho fundamental de participación política.
Segundo revés al Gobierno por su actuación en la pandemia
Fuentes jurídicas han informado de que el Pleno del tribunal de garantías ha estimado el recurso de Vox con seis votos a favor y cuatro en contra, lo que supone el segundo revés al Gobierno por su actuación en la pandemia, una vez que el tribunal ya declaró inconstitucional el primer estado de alarma e, incluso, es posible que haga lo mismo con el segundo estado de alarma.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, considera que la declaración del estado de alarma, como la de cualquiera de los otros dos estados, no puede en ningún caso interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes del Estado y, de modo particular, el Congreso, porque de lo contrario se vulnera el derecho fundamental de participación política.
Así, el Tribunal Constitucional declara la nulidad del primero de los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados de 19 de marzo de 2020, que disponía la suspensión desde ese día del "cómputo de los plazos reglamentarios que afectan a las iniciativas que se encuentren en tramitación en la Cámara hasta que la Mesa levante la suspensión".
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Asimismo, acuerda "declarar la nulidad del Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 21 de abril de 2020, que desestimó la solicitud de reconsideración presentada por el Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados contra el anterior".