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La contradicción en la ponencia del Constitucional sobre la Ley de Amnistía: excluye el objetivo político pero argumenta con él

La ponente Inmaculada Montalbán señala que el objetivo político no incumbe a su tribunal, sin embargo, esgrime argumentos políticos para justificar el aval.

👉La ponente propone declarar constitucional la amnistía porque no está prohibida ni explícita ni implícitamente en la Carta Magna

ondacero.es

Madrid |

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, yla vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán Huerta en una foto de archivo
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, yla vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán Huerta en una foto de archivo | Europa Press

La ponencia preliminar del Tribunal Constitucional sobre la ley de amnistía ha dejado entrever una contradicción de fondo que no ha pasado desapercibida para juristas y analistas políticos: mientras rechaza valorar el objetivo político de la norma, lo utiliza como uno de sus argumentos para justificar su validez constitucional.

El borrador de 191 páginas, elaborado por la magistrada progresista Inmaculada Montalbán, avala en líneas generales la ley de amnistía impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez para dar cobertura legal a los implicados en el proceso independentista catalán. En él, se defiende que la amnistía no vulnera la Constitución simplemente porque esta no la prohíbe expresamente, ni de forma explícita ni implícita.

La ponencia concede un amplio margen de maniobra al legislador, siempre que no cruce líneas rojas constitucionales claramente delimitadas, como, por ejemplo, el caso de los indultos generales, estos sí explícitamente vetados por la Carta Magna. En cambio, según Montalbán, la amnistía se situaría fuera de ese marco de prohibiciones.

La contradicción con el objetivo político

La magistrada señala que “el concreto objetivo político que con una Ley pretenda conseguir el legislador no es cuestión que incumba a este tribunal”, en respuesta directa a uno de los argumentos principales del recurso presentado por el Partido Popular: que la ley de amnistía responde a un pacto político entre Pedro Sánchez y Carles Puigdemont a cambio de votos para la investidura.

El problema llega justo después. A pesar de afirmar que los fines políticos no deben ser objeto de análisis por parte del Constitucional, el borrador apoya la constitucionalidad de la ley precisamente en una serie de valoraciones de carácter claramente político. Así, Montalbán sostiene que la amnistía “busca una mejora de la convivencia y cohesión social, así como una integración de las diversas sensibilidades políticas”, y califica la norma como un acto de “generosidad del Estado”.

El texto llega incluso a rechazar que la ley responda a un “capricho” o a un “mero voluntarismo” político, porque su finalidad es clara y orientada al interés general.

Este punto es especialmente delicado porque el Constitucional se encuentra en una situación de enorme presión institucional. Se empezará a debatir la próxima semana y se votará a finales de junio una votación en la que participaran seis magistrados progresistas y cuatro conservadores. Una votación que será monográfica, lo que da cuenta de la trascendencia del asunto.