ESTIMA LA IMPUGNACIÓN DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO

El Constitucional anula la resolución del Parlament para investigar la monarquía por "carecer de competencia"

El Tribunal Constitucional ha anulado la resolución aprobada por el Parlament de Cataluña para crear una comisión de investigación sobre la monarquía al considerar que "la comunidad autónoma y su cámara legislativa carecen de atribuciones competenciales para ello".

EFE

Madrid | 07.10.2019 16:34

Imagen de la sede del Tribunal Constitucional (TC)
Imagen de la sede del Tribunal Constitucional (TC) | Agencia EFE

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la resolución aprobada el pasado 7 de marzo por el Parlament de Cataluña para crear una comisión de investigación sobre la monarquía al considerar que "tanto la comunidad autónoma como su cámara legislativa carecen de atribuciones competenciales para ello".

Así lo acuerda por unanimidad el Pleno del TC en una sentencia en la que declara la inconstitucionalidad de la resolución del Parlament por conculcar los artículos 59.6 del Estatuto Autonómico de Cataluña y 67.1 del Reglamento de la cámara regional, tras estimar la impugnación presentada por la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno de España.

La sentencia, redactada por el magistrado Antonio Narváez, señala que "el Parlament de Cataluña, al adoptar su resolución, ha hecho uso de una potestad estatutaria en un sentido que no es conforme a la Constitución pues ninguna competencia ostenta la Generalitat o cualquier comunidad autónoma para disponer cosa alguna sobre órganos de las instituciones generales del Estado".

El TC entiende que con la aprobación de este acto parlamentario se ha pretendido ordenar una "investigación genérica de la familia real de la que es cabeza el rey de España, indagación que afectaría a la Corona misma tanto en su dimensión institucional, de la que la propia familia real es indisociable, como en su condición estricta de órgano constitucional, la Jefatura del Estado".

Añade que ambas son "vertientes que se integran y unifican en la persona del rey de España, titular de la Corona". También se declara la inconstitucionalidad y la nulidad de la resolución del Parlament apelando a la inviolabilidad y no sujeción a responsabilidad del rey.

Recogiendo la doctrina sentada por el propio TC la sentencia declara que "la inviolabilidad preserva al rey de cualquier tipo de censura o control de sus actos, que se hallan fundamentados en su propia posición constitucional, ajena a toda controversia, a la vista del carácter mayoritariamente debido que tienen".

Agrega que "a la inviolabilidad se une la no sujeción a responsabilidad, referido a que no pueda sufrir la imposición de consecuencias sancionadoras por un acto que en otro caso el ordenamiento así lo impondría".

La sentencia subraya que la resolución del Parlament "es contraria al estatuto constitucional del monarca, al que la norma fundamental ha caracterizado como símbolo de unidad y permanencia del Estado y ha confiado el arbitrio y moderación del funcionamiento regular de las instituciones en orden a asegurarle una posición de neutralidad respecto de la contienda política".

Esta posición "le hace acreedor de un respeto institucional cualitativamente distinto de las demás instituciones del Estado", concluye.