El subsidio para mayores de 52 años es la prestación económica que ingresan las personas que se encuentran en situación de desempleo y ya no reciben de parte de la Seguridad Social el paro.
El pasado 1 de noviembre entró en vigor la reforma del subsidio asistencial anunciada en el Real Decreto 2/2024 del Boletín Oficial Estado (BOE). Esta medida ha supuesto la regulación de las cuantías de los ingresos por subsidios por desempleo y se amplía a nuevos colectivos, como es el caso de los mayores de 52 años.
Si bien, no sirve solo con tener 52 años, sino que para recibir esta prestación deben de cumplirse una serie de requisitos fijados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, entre ellos el dinero que se puede ingresar al mes.
Requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 52 años
La cuantía mensual de este subsidio es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), según indica el ministerio. El IPREM actualmente se sitúa en 600 euros, por lo que la cuantía mensual que recibirán los beneficiarios será de 480 euros. Para poder beneficiarte de esta cuantía, los requisitos que debes cumplir son los siguientes:
- Tener 52 años o cumplirlos en el tiempo en el que se vaya a recibir la prestación
- Haber agotado el 1 de noviembre o posteriormente una prestación contributiva por desempleo.
- Acreditar a fecha de 1 de noviembre o posterior estar en situación legal de desempleo habiendo cotizado, por lo menos, 90 días.
- Otro requisito es que la persona solicitante esté en desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
- Cuando se reconozca el derecho a este subsidio la persona debe acreditar estar inscrita como demandante de empleo
- También se debe acreditar que se cumple el requisito de rentas propias. Esto va estrechamente ligado con el dinero que una persona ingresa mensualmente, que es el que fija el límite para recibir esta prestación. Al estar en situación de desempleo total o trabajar a tiempo parcial el límite de ingresos se corresponde con el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Actualmente, tras la nueva subida, se sitúa en 1.184 euros mensuales, por lo que el límite son 888 euros.
Una novedad que introduce la reforma es que la base de cotización, que en 2024 era el equivalente al 120% de la base mínima del Régimen General de la Seguridad Social, en 2025 pasa a ser del 115%; en 2026 será del 110% y en 2027 del 105%.
Quiénes no pueden solicitarlo
También pueden solicitar el subsidio los emigrantes retornados o víctimas de violencia de género, violencia sexual o violencia ejercida por padres o hijos que cumplan 52 años y cumplan todos los requisitos. Por el contrario, no pueden pedirlo los perceptores de la Renta Activa de Inserción, preceptores de la prestación por cese de actividad o del subsidio por desempleo.
Puede solicitarse en las oficinas de Empleo o por internet en la web del SEPE. El pago se realiza mensualmente entre los días 10 y 15 de cada mes.