PRESTACIONES SOCIALES

El ingreso mínimo vital cumple dos años: los requisitos para solicitarlo y las cuantías 2022

Esta medida aprobada por el Gobierno de coalición ha beneficiado a casi 450.000 hogares en los que viven 1,2 millones de personas.

👉 El ingreso mínimo vital ha llegado solo al 35,8% de las personas beneficiarias previstas

Patricia Blasco

Madrid | 15.06.2022 09:35

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) “es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”, reza la web de la Seguridad Social.

Esta medida se configura como “derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica”. Además, “persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias”.

Desde su puesta en marcha, esta norma ha sido modificada para introducir mejoras y ha llegado a casi medio millón de hogares y 1,2 millones de personas, tal y como se presume desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

“Ha sido un reto desde el punto de vista de la gestión si tenemos en cuenta que en estos casi dos años se han tramitado cerca de 1,9 millones de solicitudes, una cifra superior, por ejemplo, a las 700.000 solicitudes de pensiones que llegan a la Seguridad Social cada año", recalca públicamente el ministro José Luis Escrivá.

Requisitos para el Ingreso Mínimo Vital

Existe un simulador en la página web de la Seguridad Social donde se puede comprobar si el solicitante cumple los requisitos necesarios para solicitar la ayuda del IMV. Este consiste en una serie de preguntas y campos que hay que ir completando para conocer si estás en situación de pedir la ayuda de la ayuda mínima vital. Estas son algunas de las cuestiones a resolver:

No obstante, estos son los requisitos básicos para percibir el Ingreso Mínimo Vital:

  • Tener entre 23 y 65 años de edad.
  • Haber residido de forma continuada en España durante, al menos un año.
  • Para los solicitantes que viven solos, haber vivido, durante, al menos, los tres años previos de forma independiente de los progenitores.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica, es decir, que la renta, los ingresos y el patrimonio del hogar no lleguen a los umbrales fijados.
  • Que la unidad de convivencia esté formada desde hace seis meses.
  • Además de estos requisitos generales, el solicitante deberá reunir una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.

Cuantías 2022

La cuantía del ingreso mínimo vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales.

La cuantía mensual de la renta garantizada en 2022 es:

Para un beneficiario individual: el 100% del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre doce. En 2022 son 491,63 euros. Esta cantidad se incrementa un 22% si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.

Para la unidad de convivencia, la cuantía anterior se incrementa en un 30% por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220%. Para 2022 los importes son:

  • 639,12 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos.
  • 786,61 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos.
  • 934,10 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos.
  • 1.081,59 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor.

La cuantía señalada en el punto anterior se incrementa con un complemento del 22% cuando se trate de unidad de convivencia monoparental. Para 2022 los importes mensuales son:

  • 747,28 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor.
  • 894,77 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y dos menores.
  • 1.042,26 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y tres menores.
  • 1.189,75 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y cuatro o más menores.

En el supuesto de que los descendientes o menores referidos en el párrafo anterior convivan exclusivamente con sus progenitores o, en su caso, con sus abuelos o guardadores o acogedores, se reconocerá el mismo complemento, cuando uno de estos tenga reconocido un grado 3 de dependencia, es decir, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez. También se entenderá como unidad de convivencia monoparental, la formada exclusivamente por una mujer que ha sufrido violencia de género y uno o más descendientes hasta el segundo grado, menores de edad, sobre los que tenga la guarda y custodia o, en su caso, uno o más menores en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.

A la cuantía mensual que corresponda a la unidad de convivencia se sumará un complemento equivalente a un 22% en el supuesto de que en la unidad de convivencia esté incluida alguna persona con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento.

Además de las cuantías indicadas se abonará un complemento mensual de ayuda para la infancia por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia, en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:

  • Menores de tres años: 100 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.

Un porcentaje "elevadísimo" de denegaciones de esta ayuda

El pasado 29 de marzo se aprobó en el Consejo de Ministros el aumento del Ingreso Mínimo Vital en un 15% durante tres meses. Esta medida, la cual entró en vigor el 1 de abril, tiene como principal objetivo evitar que los beneficiarios del IMV puedan verse más afectados aún en su precaria situación. Por ello, durante los meses de abril, mayo y junio, el IMV se ha incrementado un 15%, yendo desde los 565,37 euros mensuales para un adulto, hasta los 1.243,74 para familias formadas por cuatro adultos con un menor a cargo. A partir del 1 de julio, la prestación volverá a las cuantías establecidas en enero, tras la revalorización del 3% establecida en los Presupuestos Generales del Estado.

Sin embargo, la Plataforma 'Renta Mínima de Inserción (RMI) Tu Derecho' considera que el aumento del Ingreso Mínimo Vital (IMV) "no soluciona los problemas" de la población ya que existe un porcentaje "elevadísimo" de denegaciones de esta ayuda.

"La población que lo necesita, no lo tiene", han señalado a Europa Press desde la plataforma, desde donde se ha denunciado que el Gobierno tiene que "corregir totalmente el IMV" porque "tiene problemas de fondo en su gestión y contenido".

Una nueva fase

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) entrará en una nueva fase. Durante su intervención en Nueva Economía Fórum, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, anunció unas medidas que buscan completar la prestación y la integración de sus beneficiarios al mercado laboral: el sello social y los incentivos al empleo.