reforma de las pensiones

Las dos nuevas fórmulas para calcular la pensión de jubilación: cómo saber cuál me conviene

ondacero.es | Agencias

Madrid | 13.03.2023 12:10

Las dos nueva fórmulas para calcular la pensión de jubilación: cómo saber cuál me conviene/ EFE/Alberto Valdés
Las dos nueva fórmulas para calcular la pensión de jubilación: cómo saber cuál me conviene | EFE/Alberto Valdés

La reforma de las pensiones acordada por el gobierno de coalición y a la que Bruselas ha dado el visto bueno incluye importantes cambios en el periodo de cómputo de la pensión para el cálculo final de la pensión.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones propuso cambios para que ésta se calcule o con los últimos 25 años cotizados (300 meses) o con 29 años de cotización (348 meses), de los que se podrán excluir los dos peores años (24 meses), por lo que en la práctica el cómputo en este segundo caso será de 27 años (324 meses).

Entre qué dos opciones podrá elegir

De esta manera, en el momento de la jubilación el pensionas podrá elegir que su pensión sea el resultado de entre estas dos opciones:

  • que se calcule sobre los últimos 25 años de cotización. Es decir, el sistema actual
  • utilizar un periodo de cómputo de 29 años, eliminando los dos peores años cotizados. Es decir 27 años.

¿Cómo saber cuál me conviene?

El periodo de cálculo se mantendrá en 25 años si no resulta más beneficioso tomar un total de 27 años (29 años menos los dos peores).

Cuánto tiempo estará vigente este periodo dual

Este régimen dual del periodo de cómputo estará vigente durante 20 años. A partir de 2044, la pensión sólo se calculará con los últimos 29 años de cotización, de los que podrán descartarse dos años.

¿Cómo se aplicará el nuevo periodo de cómputo?

La nueva opción que se introduce (29 años o 348 meses excluyendo dos años) se desplegará progresivamente durante 12 años desde 2027, lo que beneficiará especialmente a los trabajadores con carreras irregulares.

En concreto, el borrador establece que la ampliación a 29 años se realice a razón de cuatro meses por ejercicio desde 2027 a 2038.

Así, en el primer año de despliegue de esta nueva opción, 2027, la pensión podrá calcularse con los últimos 300 meses de cotización (25 años) o con los últimos 304 meses cotizados (25,33 años), de los que podrán descartarse dos meses, de forma que se tomarán en consideración para determinar la cuantía de la pensión los 302 meses de cotización de mayor importe (25,16 años). De oficio, siempre se aplicará lo que resulte más ventajoso para el trabajador.

En 2031, por ejemplo, la pensión podrá calcularse o con los últimos 25 años cotizados o con 26,66 años de cotización (320 meses), de los que podrán excluirse 10 meses, con lo que el periodo efectivo para el cómputo de la pensión será de 25,83 años (310 meses).

En 2038, una vez finalizada esta ampliación progresiva del periodo de cálculo que se ofrece como nueva opción, la pensión se determinaría con 324 meses de cotización (27 años) dentro de los últimos 348 meses cotizados (29 años).

A efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, cuando ésta se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2026 y antes del 31 de diciembre de 2040, se aplicará el periodo de cálculo de 25 años si es más favorable que el vigente en la fecha en que se cause la pensión, según indica el borrador.

Para las pensiones que se causen en 2041, 2042 y 2043 se aplicará el periodo de cálculo de los últimos 25 años con una base reguladora que comprenderá las bases de cotización de los últimos 306 meses, 312 meses y 318 meses, respectivamente, cuando dicho cálculo resulte más favorable que el vigente en la fecha en que se cause la pensión.

A partir de 2044, el periodo de cálculo de la pensión será de 29 años, excluyendo los dos peores años de cotización.