Economía

Cuánto cotiza el subsidio para mayores de 52 años a la jubilación

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años destaca por ser el único que cotiza para la jubilación y que da cobertura a las personas desempleadas hasta que cumplan la edad de retirarse. Pero ¿cuánto cotiza este subsidio? Aquí te lo contamos.

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ondacero.es

Madrid | 12.01.2024 21:24

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda fundamental para aquellos que se encuentran en una situación de desempleo y tienen dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Se trata de un subsidio que, además de ser de los más solicitados, presenta numerosos beneficios. Concretamente, es la única ayuda por desempleo que cotiza a la Seguridad Social.

En términos de asistencia económica, esta prestación proporciona un apoyo mensual de 480 euros a quienes la reciben. No obstante, el subsidio para mayores de 52 años cuenta con unos requisitos más específicos que las demás ayudas.

Este subsidio tiene la posibilidad de extenderse hasta que el beneficiario alcance la edad legal de jubilación. Por lo tanto, aquellos que opten por esta prestación, pueden continuar recibiendo el subsidio hasta el momento en que se jubilen y perciban su pensión de jubilación, o hasta que logren obtener un nuevo empleo mediante un contrato de trabajo.

Cuánto cotiza el subsidio para mayores de 52 años a la jubilación

La base de cotización del subsidio para mayores de 52 años es el 125% de la base mínima vigente cada año. Las cotizaciones, al igual que ocurre con los salarios, corresponden con el pagador, que en este caso es el SEPE.

Requisitos

Los principales requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 52 años de cara a 2024 son los siguientes:

  • Estar en desempleo. Las personas trabajadoras fijas discontinuas no podrán acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.
  • No poseer la condición de trabajador fijo discontinuo.
  • Tener 52 años o más en la fecha en que se reúnan los requisitos para el acceso al subsidio.
  • Haber consumido completamente la prestación contributiva o el subsidio por desempleo previamente.
  • Contar con un mínimo de 15 años de cotización a la Seguridad Social, de los cuales al menos dos deben haberse realizado en los últimos quince años.
  • Haber cotizado por desempleo durante un mínimo de seis años a lo largo de la carrera laboral.