Así ha respondido el director del organismo, durante el Congreso de los Inspectores de Hacienda del Estado que se celebra en Alicante, al ser preguntado por la sentencia del Tribunal Supremo, que ha establecido, cambiando de criterio, que deben ser los bancos quienes sufraguen dicho impuesto y no los clientes como hasta ahora.
Preguntado acerca de si los contribuyentes podrán reclamar a Hacienda los años no prescritos de dicho impuesto (anteriores a 2014), Gascón se ha limitado a señalar que se trata de un tributo cedido y que han gestionado las comunidades autónomas.
Desde el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) y desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) aseguran que los ciudadanos podrán reclamar a las haciendas autonómicas la devolución del impuesto de los ejercicios no prescritos mediante la presentación de una solicitud de reintegro de ingresos indebidos, más intereses de demora.