LOTERÍA DE NAVIDAD

¿Compartes un décimo de la Lotería de Navidad? Así debes declararlo a Hacienda en 2025

Compartir la suerte es una tradición preciosa, pero puede convertirse en una pesadilla fiscal si no se hacen las cosas bien en el banco. Te explicamos el paso único para evitar que Hacienda considere tu premio como una donación.

Lotería de Navidad 2025, en directo: el Gordo, Segundo Premio, pedreas...

Cuánto dinero se lleva Hacienda de cada premio de la Lotería de Navidad 2025: una guía para no perderse

ondacero.es

Madrid |

La vicepresidenta primera y Ministra de Hacienda y de Función Pública, María Jesús Montero interviene en el pleno del Congreso/ EFE/Chema Moya
La vicepresidenta primera y Ministra de Hacienda y de Función Pública, María Jesús Montero interviene en el pleno del Congreso | EFE/Chema Moya

"¿Jugamos este a medias?". Esa frase es casi tan común como el propio sorteo de la Lotería de Navidad. Ya sea con compañeros de trabajo, familia o amigos, compartir décimos es la norma. Sin embargo, si ese décimo resulta premiado con una cantidad importante (como El Gordo, el segundo o el tercer premio), la alegría puede torcerse si no sabéis cómo cobrarlo correctamente.

El peligro tiene nombre: Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si lo hacéis mal, Hacienda podría exigir que paguéis este impuesto además del gravamen de la lotería. Para evitarlo, solo hay que seguir una regla de oro.

El error común: "Cobra tú y luego me haces un Bizum"

Este es el fallo que nunca debéis cometer con un premio grande. Imaginad que tenéis un décimo del Gordo a medias (328.000 € netos).

Uno de los dos va al banco, da su DNI y cobra los 328.000 € en su cuenta. Luego, le hace una transferencia de 164.000 € al otro amigo.

¿Qué ve Hacienda aquí? Para la Agencia Tributaria, esa transferencia no es un reparto de premio, sino una donación de una persona a otra. Por tanto, podría exigir al receptor que pague el Impuesto de Donaciones, que varía según la comunidad autónoma pero que puede suponer un buen pellizco

Comprobador de Lotería de Navidad

La solución: Identificar a todos los ganadores en el banco

Para evitar el problema de la donación, la solución es burocrática pero sencilla.

Cuando vayáis a la entidad financiera a cobrar un premio superior a 2.000 €, debéis acudir todos los titulares del décimo o, en su defecto, designar a un representante legal.

Lo fundamental es que, en el momento de gestionar el cobro en la ventanilla del banco, se comunique que el premio es compartido y se faciliten los DNI y datos de todos los participantes.

Al hacerlo así:

  • El banco ingresará directamente la parte proporcional a cada uno (o al menos quedará registrado el reparto en origen).
  • Hacienda recibirá la información de que ese premio pertenece a varias personas.
  • El dinero llega a vuestras cuentas totalmente justificado y libre del Impuesto de Donaciones.

¿Cómo funciona la exención de los 40.000 € en grupos?

Otra duda muy frecuente es si la exención fiscal se multiplica. La respuesta es no.

La exención de los primeros 40.000 € libres de impuestos se aplica al décimo, no a cada persona.

  • Si tenéis un décimo del Gordo a medias entre dos personas, Hacienda retiene los 72.000 € correspondientes al total del billete.
  • Lo que os repartís es el importe neto (328.000 €).
  • Os tocan 164.000 € limpios a cada uno. No tenéis que pagar nada más en vuestra declaración de la Renta.

¿Y si es un premio pequeño (menos de 2.000 €)?

Si lo que os ha tocado es una pedrea o un premio menor que se cobra en la administración de lotería en efectivo, el riesgo fiscal es inexistente porque no hay rastro bancario ni retención de Hacienda.

Aun así, si el reparto se hace mediante transferencia bancaria posterior, siempre es recomendable guardar pruebas (foto del décimo compartido, conversación de WhatsApp previa al sorteo, etc.) por si el banco o Hacienda preguntasen por el origen de ese ingreso, aunque en cantidades pequeñas es muy poco probable.