El Gobierno de La Rioja actualiza las medidas extraordinarias

Se extiende el cierre de la hostelería a la 1 hasta el 31 de enero

El ejecutivo regional ha aprobado medidas en Consejo de Gobierno extraordinario con el objetivo de frenar los efectos de la pandemia. Estará en vigor hasta el 31 de enero la limitación horaria a la 1 de la madrugada, tras su publicación en el BOR, y hasta el 14 de febrero la exigencia del certificado COVID en determinados recintos.

Onda Cero La Rioja

Logroño | 19.01.2022 06:00 (Publicado 28.12.2021 12:48)

Un camarero prepara la terraza de un restaurante.
Un camarero prepara la terraza de un restaurante. | Agencia EFE

El Gobierno de La Rioja ha acordado el cierre de todos los establecimientos de hostelería, restauración, salas de fiesta, discotecas, sociedades gastronómicas y locales privados como bajeras entre la 1 y las 6 de la madrugada hasta el 31 de enero.

También se ha acordado la extensión de la exigencia del pasaporte covid a más locales públicos, como salones de juego, espacios multifuncionales, hoteles, gimnasios e instalaciones deportivas cerradas. La medida cuenta con el aval del TSJ de La Rioja y se prolongará hasta el 14 de febrero.

Con la ampliación acordada, se extiende a los mayores de 12 años que quieran acceder a bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados.

Además, se recomienda realizar teletrabajo siempre que sea posible y que en las reuniones sociales o familiares haya como mucho 10 asistentes de un máximo de dos grupos de convivencia, ya que se ha constatado que es en este ámbito donde se producen los contagios.

Las principales medidas (hasta el 31 de enero) son las siguientes:

  • Cierre obligado a la 1 de la madrugada (apertura a las 6:00) para todo tipo de establecimiento de hostelería, sociedades gastronómicas y similares y ocio nocturno.
  • En bares, cafeterías y restaurantes, el consumo en barra deberá respetar una distancia de 1,5 metros entre clientes y otro tanto entre las mesas, con uso obligatorio de mascarilla.
  • Ocio nocturno (discoteca, salas de fiesta): uso obligado de mascarilla en todo momento, incluyendo la pista de baile.
  • hasta el 14 de febrero se extiende la exigencia del Certificado Covid a bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, alojamientos turísticos (hoteles) y similares, gimnasios e instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados.