ESTAFA DE LAS MASCARILLAS

Anticorrupción solicita que se imponga una fianza de casi 900.000 euros a Luis Medina

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido al juez que imponga una fianza de casi 900.000 euros a Luis Medina por el caso de la estafa de las mascarillas al Ayuntamiento de Madrid.

ondacero.es | Agencias

Madrid | 18.04.2022 15:11

Luis Medina, uno de los supuestos comisionistas en el caso de las mascarillas. / Getty
Luis Medina, uno de los supuestos comisionistas en el caso de las mascarillas. | Getty Images

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido que el titular del Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, el que está llevando el caso de la estafa de las mascarillas, guantes y test al Ayuntamiento de Madrid durante la primera ola de la pandemia de coronavirus, que imponga una fianza de casi 900.000 euros a Luis Medina, uno de los responsables del presunto fraude.

El fiscal Luis Rodríguez Sol ha solicitado que se imponga a Medina esta medida cautelar de 891.227 euros después de que no se haya podido realizar el embargo de sus cuentas, ya que solamente tiene 250 euros.

Tras admitir la querella de la Fiscalía Anticorrupción, el instructor de la causa procedió a ordenar el embargo de las cuentas y bienes adquiridos con las comisiones millonarias cobradas por sendos empresarios.

En el caso de Medina, el magistrado comprobó que su cuenta de Deutsche Bank disponía solo de 247 euros. Además, había liquidado los dos bonos de inversión que había adquirido con el dinero embolsado en la operación de venta de material sanitario al Ayuntamiento de Madrid.

Lo que sí ha embargado el juez es el velero que adquirió con 253.000 euros del millón ingresado de las comisiones por su intermediación entre su socio Alberto Luceño y el Ayuntamiento de Madrid para traer material sanitario.

Tras comprobar que no dispone del dinero que habría ingresado, el juez dio entonces traslado al fiscal y a los abogados personados en el procedimiento para que propusieran otras medidas económicas distintas al embargo. Ahora, el fiscal solicita que se le imponga una fianza de 891.000 euros.

En el escrito, el fiscal explica que en la misma querella se solicitó el embargo de bienes hasta alcanzar el valor total de las ganancias obtenidas valoradas en 912.742 euros.

Teniendo en cuenta que solo se ha podido embargar el yate valorado en 325.510 euros y 247 euros, el fiscal se solicita que se requiera conforme al artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) al investigado que preste una fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan declararse procedentes, "decretándose en el mismo auto el embargo de bienes suficientes para cubrir dichas responsabilidades si no se presta la fianza".

En virtud de dicho precepto, se establece que la cantidad de la fianza se fijará en el mismo auto y no podrá "bajar de la tercera parte más del todo el importe probable de las responsabilidades pecuniarias, que alcanza la cifra de 1.216.989,33 euros, por lo que teniendo en cuenta que los embargos ya acordados suponen un total de 325.762,26 euros, "se estima que la cuantía de la fianza debería fijarse en una cifra no inferior a 891.227,07 euros".

Otras cuentas posibles

La acusación particular que representa al Ayuntamiento de Madrid ha pedido al juez que se realice consulta a través del Punto Neutro Judicial a los efectos de averiguar la existencia de otras cuentas corrientes abiertas a nombre de Luis Ramón Medina Abascal.

La petición se realiza después de que el juez comprobara que el empresario cuenta con menos de 250 euros en su cuenta bancaria y que no conserva los bonos de inversión que adquirió con el dinero ingresado de las comisiones.

De igual modo, reclama que se investigue la existencia de bienes muebles o inmuebles inscritos en los diferentes registros públicos de titularidad del investigado.

Una vez que se realice la averiguación patrimonial pide que se proceda al embargo de los bienes encontrados, a efecto de asegurar las responsabilidades pecuniarias en que pueda incurrir en la cuantía total de 1.140.927 euros, en la que se incluye el valor total de las ganancias obtenidas por el mismo en perjuicio del Ayuntamiento de Madrid (912.742 euros) y el resto (228.185 euros) en concepto de costas.