La respuesta es afirmativa en el caso de ir sin mascarilla en el mismo coche y con no convivientes, el matiz está en quién puede multarnos por este incumplimiento.
Al tratarse de una norma sanitaria, no es competencia de los agentes de tráfico. OCU interpreta que solo podrán sancionar las fuerzas del orden, ya sean locales, autonómicas o nacionales.
Por otra parte, la DGT ha tenido que aclarar esta polémica ante la creciente confusión al respecto, fruto de todo tipo de bulos: ni la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ni en los reglamentos que la desarrollan, contempla la sanción por este motivo. Enrique García, portavoz de OCU , nos ha aclarado este extremo
Tampoco conllevaría la retirada de puntos
El uso de la mascarilla en el interior del vehículo es una medida puramente sanitaria y de salud pública; y solo es de obligado cumplimiento cuando viajen juntas personas no convivientes en el mismo hogar, y serán las fuerzas del orden, locales, autonómicas o nacionales, las únicas competentes para imponer una sanción, que podrá ser de hasta 100 euros según la Ley 2/2021 del 29 de marzo.