Así lo ha decretado mediante un auto, conocido como pase a procedimiento abreviado, en el que también da el primer paso para que Iñaki Urdangarin sea juzgado. Se trata de una resolución contra la que cabe interponer tanto recurso de reforma -ante el propio Juzgado- como de apelación -directamente ante la Audiencia Provincial de Baleares-.
En concreto, Castro considera a la Duquesa cooperadora necesaria de los dos delitos fiscales que habría cometido su marido, al sostener que su papel fue imprescindible para que Urdangarin pudiera defraudar hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a los años 2007 y 2008. Y lo hizo a través de la sociedad de la que ambos son propietarios, Aizoon, al facturar a través de la misma -como rendimientos de actividades económicas- las retribuciones que cobró de entidades privadas por su condición de consejero asesor.
Todo ello, según la Fiscalía y la Agencia Tributaria, con el objetivo de tributar menos en su declaración de la renta. El propio Castro considera Aizoon como una sociedad pantalla de la que se valió el esposo de Urdangarin para cobrar las asesorías como si de rendimientos profesionales se tratara y no de servicios personales. Es más, Aizoon era una de las empresas ficticias que integraban el entramado societario dirigido a desviar los fondos obtenidos por parte del Instituto Nóos de las Administraciones públicas.
En cuanto al delito de blanqueo, el magistrado apunta a que doña Cristina, como socia al 50 por ciento de Aizoon, de estos ingresos presuntamente ilícitos al destinar el dinero que su sociedad percibió de Nóos a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con el conocimiento de su origen delictivo.