El Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado este lunes la Ley de Estancias Turísticas, una normativa que incluye la creación de una tasa de aplicación voluntaria por parte de los ayuntamientos y con la que se busca consolidar un modelo de crecimiento sostenible, equilibrado y respetuoso con el territorio.
En una nota de prensa tras la celebración del Consejo de Gobierno, el Principado destaca que la nueva regulación ha contado con un proceso previo de consulta pública, de diálogo con los municipios, el sector y los agentes sociales, así como con el análisis de las alegaciones recibidas durante su tramitación.
La vicepresidenta del Principado, Gimena Llamedo, ha destacado que "esta ley responde a una forma responsable de entender el turismo, basada en anticiparse a los desafíos futuros para seguir preservando aquello que hace de Asturias un destino único y atractivo". Con su aplicación, el Ejecutivo autonómico da cumplimiento a uno de los compromisos de legislatura para fortalecer un modelo turístico de calidad que preserve el entorno.
Esta norma, con la que el Gobierno asturiano quiere atender a una petición de los ayuntamientos, será de aplicación voluntaria por cada municipio, de modo que cada uno podrá decidir si implanta el recargo en atención a las características y necesidades de su concejo. El pago podrá aplicarse durante la temporada alta, fijada del 1 de junio al 30 de septiembre, y en los días centrales de la Semana Santa. Su importe oscilará entre los 0,50 euros, en alojamientos de turismo rural, albergues y campings, y los 3 euros por persona y noche en función de la categoría del establecimiento, aplicándose por un máximo de cinco noches.
"Quien disfruta de Asturias puede contribuir de manera razonable a conservar y mejorar el territorio que visita", ha asegurado Llamedo, quien ha enmarcado la medida en la "corresponsabilidad" y la "convivencia entre visitantes y vecinos" para que quienes visiten la comunidad "ayuden a cuidar el Paraíso Natural sin que el coste recaiga exclusivamente en los asturianos".
EXENCIONES Y DESTINO DE LOS FONDOS
El texto legal recoge de forma explícita los supuestos en los que no será necesario abonar la tasa, que comprenden a las personas menores de edad y a las personas con discapacidad que acrediten un grado igual o superior al 65 por ciento. Tampoco la pagarán quienes viajen subvencionados por programas sociales de una administración pública de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, ni quienes realicen estancias por causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
Asimismo, quedan exentas las estancias motivadas por salud y sus acompañantes, siempre que justifiquen documentalmente que responden a la necesidad de recibir atención sanitaria integrada en la cartera de servicios del sistema sanitario público de Asturias. Tampoco se aplicará a estancias por estudios en todos los niveles y grados del sistema educativo público hasta el tercer ciclo universitario, por motivos de investigación académica, por participación en programas de talento organizados por las administraciones del Principado, ni a las que lleven a cabo deportistas federados para participar en competiciones oficiales.
Uno de los principios fundamentales que inspira la ley es que los recursos recaudados reviertan directamente en los territorios donde se generan las necesidades asociadas a la actividad turística. Por este motivo, la norma enumera fines vinculados a la promoción e impulso del turismo sostenible, la financiación de servicios públicos municipales afectados por dicha actividad y el desarrollo de actuaciones relacionadas con la vivienda pública.

