ELECCIONES GENERALES

Soy autónomo y me toca ser mesa electoral: ¿puedo reclamar? ¿Quién compensa ese día?

Los ciudadanos designados para formar parte de las mesas electorales el 29N recibirán la notificación en los próximos días.

ondacero.es

Madrid |

Los sorteos para elegir a los miembros de las mesas electorales que formarán la cita del 29N ya se han realizado. En los próximos días, los ciudadanos seleccionados recibirán la notificación mediante carta certificada, aunque algunos ayuntamientos dan la posibilidad de comprobar si ha tocado ser mesa electoral a través de sus sedes electrónicas.

Hay siete días para presentar alegaciones desde que se recibe la notificación y, en ese caso, se debe hacer ante la Junta Electoral de Zona y con justificante. Hay determinados casos que la Junta valora y tiene en cuenta. Una duda muy extendida en esos supuestos es qué ocurre con una persona autónoma.

Qué pasa si soy autónomo y me toca ser mesa electoral

La ley electoral no contempla el escenario para los autónomos que sean llamados a ser mesa electoral, por lo que, si toca mesa el 29N, nadie paga el día que no se factura. Lo único que se percibe, como cada miembro de la mesa, son 75 euros como dieta.

Durante la función se está protegido como si se fuera trabajador por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social a efectos de accidente de trabajo. No obstante, el permiso retribuido del domingo y la reducción de cinco horas del lunes 30 de noviembre se aplica a asalariados y funcionarios.

Lo que sí puede hacer un autónomo que considere que se ve perjudicado por ser mesa electoral es alegar ante la Junta Electoral, que debe valorar caso por caso. En concreto, casos de profesionales que tienen que trabajar ese día en un acontecimiento público fijado antes de la convocatoria (6 de octubre), que no puedan ser sustituidos y cuya ausencia obligaría a suspender dicho evento con perjuicios importantes.

También aquellos que ese día prestan servicios esenciales, como sanitarios, miembros de protección civil o de bomberos, por ejemplo. La lista no es cerrada y la Junta tendrá que valorar las alegaciones. Si este es el caso, se debe justificar con los documentos correspondientes en los siete días siguientes a la notificación. Posteriormente, la propia Junta resuelve en cinco días y, si lo rechaza, es obligatorio acudir a la mesa.

Si te toca mesa electoral: fechas, dieta y permisos

Lo esencial para presidentes, vocales y suplentes de las mesas del 29N.

Sorteo

31 oct-4 nov

Entre los electores de cada mesa menores de 70 años. La notificación llega en tres días.

Para alegar

7 días

Desde la notificación, ante la Junta Electoral de Zona y con justificante.

A qué hora

8:00

Titulares y suplentes, el 29 de noviembre en el colegio.

Dieta

75 euros

Para los titulares. Los suplentes cobran solo si pasan a ser titulares.

Permiso

Día 29 y 5 horas el 30

Si trabajas por cuenta ajena: jornada completa el domingo si te toca trabajar y cinco horas menos el lunes.

Si no vas

Es delito

De tres meses a un año de prisión o multa de seis a 24 meses, si no hay causa justificada.

Pueden renunciar los mayores de 65 años. Durante la jornada, la Seguridad Social cubre a titulares y suplentes como en un accidente de trabajo.

FUENTE: LOREG, RD 605/1999, ORDEN INT/650/2026 Y JUNTA ELECTORAL CENTRAL · ELABORACIÓN: ONDA CERO