El próximo 8 de febrero los aragoneses y aragonesas tienen una cita con las urnas para elegir a sus representantes en el parlamento autonómico, pero hay algunos votantes que lo harán antes: los votantes por correo.
En las anteriores elecciones autonómicas, que se celebraron en pleno mes de julio de 2023, un 3,3 % del electorado (34.202 residentes en Aragón) solicitaron votar por correo,
¿Hasta cuándo puedo votar por correo?
El pasado jueves, 29 de enero finalizó el plazo para poder solicitar el voto por correo para las elecciones a las Cortes de Aragón. Un trámite que para poder realizarlo es obligatorio estar inscrito en el censo electoral.
El voto por correo se puede hacer en cualquier oficina de Correos o de forma telemática en la web de Correos, aunque en la opción telemática será necesario identificar tu identidad con el DNI electrónico o un certificado digital válido. El plazo establecido para depositar el sobre con tu voto es hasta el 4 de febrero de 2026. Y en el caso de que hayas solicitado realizar tu voto por correo de forma telemática, Correos dispone de un formulario en su web al que se accede mediante firma electrónica con los sistemas de identificación válidos, los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Voto presencial: ¿qué se necesita para ir a votar?
Para poder votar se necesita ir acreditado con alguno de los siguientes documentos:
- DNI
- Pasaporte.
- Carnet de conducir en el que aparezca la fotografía o carnet de conducir digital en la app miDGT.
- Tarjeta de residencia.
Ten en cuenta que no importa si están caducados, siempre y cuando se lleve el documento original, ya que las fotocopias no son válidas.
Los colegios electorales estarán abiertos durante prácticamente todo el día de los comicios, y sus ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto hasta las 20:00 horas, momento en el que se produce el cierre.

