NUEVA NORMATIVA

Las nuevas normas de la DGT que entran hoy en vigor: estos son los cambios para los conductores

La norma afecta a los usuarios más vulnerables, como peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motoristas y determinados colectivos como menores, mayores y personas con discapacidad.

Aurora Molina

Madrid |

Imagen de archivo de carreteras españolas.
Imagen de archivo de carreteras españolas. | Carlos Luján / Europa Press

Este jueves entra en vigor la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) tras la reforma del Reglamento General de Circulación. El objetivo es reforzar la seguridad de los usuarios vulnerables con la prohibición de conducir patinetes eléctricos a menores de 15 años y la obligatoriedad de usar casco.

El nuevo reglamento marca un cambio de paradigma al incorporar un título específico sobre circulación en vías urbanas, dejando atrás de esta manera un modelo que estaba centrado exclusivamente en la carretera y el vehículo.

La norma afecta a los usuarios más vulnerables, como peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motoristas y determinados colectivos como menores, mayores y personas con discapacidad.

Ciclistas y motoristas

Respecto a los ciclistas, a partir de este jueves, los conductores deberán tener en cuenta, a la hora de adelantarlos en vía interurbana, que la velocidad máxima para hacerlo es de 20 km/h. En cuanto a adelantamientos en vías urbanas, antes del adelantamiento, el conductor deberá dejar una distancia de seguridad de cinco metros con el ciclista que vaya delante.

Los ciclistas, por su parte, podrán rebasar a los vehículos a motor por la derecha o por la izquierda y, en las calles con un único carril por cada sentido y cuyo límite de velocidad sea 30 km/h, los ciclistas podrán circular en ambos sentidos. Además, no pueden circular en ningún caso por las aceras, excepto los menores de 12 años, y tienen que respetar la seguridad y prioridad de los peatones.

En cuanto a los motoristas, la nueva norma también incluye cambios para este tipo de conductores. Según el texto, podrán circular por el arcén, pero únicamente en situaciones extraordinarias, siempre que el tramo esté habilitado y señalizado para ello.

En estos supuestos, deberán circular a una velocidad máxima de 30 km/h y en fila de a uno. Todo aquel que no cumpla con la nueva normativa será sancionado con 200 euros por considerarse como infracción grave. El texto también incluye otras obligaciones para motoristas, como la de llevar guantes en carreteras interurbanas, calzado cerrado y chaleco reflectante en caso de avería.

Patinetes y límites de velocidad

Para los patinetes, uno de los medios de transporte que más popularidad ha ganado en los últimos años, también hay novedades. La DGT estipula para este tipo de elementos la obligatoriedad del casco para todos los usuarios. También deberán contar con un chaleco reflectante si es de noche o hay baja visibilidad.

Uno de los principales cambios es la iluminación. Los patinetes deberán llevarla permanentemente durante las 24 horas del día. En caso de no hacerlo, los usuarios serán sancionados con 200 euros. Asimismo, la edad mínima para conducir un patinete se establece en 15 años y, si una persona lleva un patinete, pero se desplaza al paso de persona, tendrá la consideración de peatón.

Gracias a la entrada en vigor del texto, a la hora de circular tendrán las mismas obligaciones que los ciclistas. Es decir, no podrán ir por la acera, sino que deberán ir por el centro del carril siempre que sea posible y en ambos sentidos cuando una calle sea de uno único.

Otra de las cuestiones más reseñables de la nueva norma son los límites variables de velocidad, una medida de la DGT que busca reducir la siniestralidad. La clave estará en los paneles luminosos de información que avisarán del cambio del límite de velocidad en circunstancias como retenciones, presencia de lluvia o niebla, circulación de vehículos de gran tonelaje, accidentes... Cuando haya alguna de estas situaciones, el límite de 120 km/h podrá verse reducido a 100, 80 o incluso 60.

Carril de emergencia y otras novedades

El nuevo reglamento también afecta a conductores y peatones. En el caso de que haya una retención de vehículos por accidente o cualquier otro tipo de situación de emergencia, los vehículos deberán orillarse para crear un carril que permita la llegada de los servicios de emergencia como ambulancias, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y otros. En las autopistas y autovías con dos carriles en el mismo sentido, este se creará en el centro de la vía. En las que tengan tres o más, el carril se creará entre el carril situado más a la izquierda y el siguiente a él.

En cuanto a los peatones, la normativa establece que en los casos en los que no haya una zona de paso habilitada para ellos, podrán circular por el arcén izquierdo en el sentido de su marcha y en fila de uno, excepto si es un grupo de personas dirigidas por otra, que circularán por el arcén derecho. Además, en circunstancias meteorológicas desfavorables, que disminuyan la velocidad o de noche, deberán llevar un elemento reflectante que sea visible a 150 metros de distancia.