MULTAS DE LA DGT

Cuándo prescriben las multas de la DGT: este es el plazo por ley

Descubre cuándo, según el tipo de gravedad de la infracción, podrás dejar de lado la multa y no pagar.

ondacero.es

Madrid | 07.02.2023 17:16 (Publicado 07.02.2023 13:44)

Campaña de la DGT sobre control de alcohol y drogas en Toledo
Campaña de la DGT sobre control de alcohol y drogas en Toledo | Agencia EFE

Según la DGT, en 2021 se alcanzó un récord en el número denuncias establecidas donde se adjudicaron 4.793.520 multas, la mitad de ellas producidas por un exceso de velocidad. Ante esta situación, es posible que los usuarios con infracciones se pregunten cuándo prescriben las multas, por lo que la empresa experta en asesoría jurídica 'Legálitas' ha desarrollado un artículo donde lo aclara.

¿Cómo calcular el tiempo para la prescripción?

La preinscripción en sentido jurídico es la consecuencia surgida tras la finalización de un plazo en el que, la administración que tramita el recurso, no presentase la sanción revocando su carácter infraccionado. Según la Real Academia Española, es el modo de extinguirse un derecho como consecuencia de su falta de ejercicio durante el tiempo establecido por la ley.

Para calcular el plazo, se tendría que contabilizar desde el mismo día en el que se cometiese el acto sancionado y aplicarle el plazo de tiempo según su gravedad. Si se interrumpe la prescripción, el plazo volvería a empezar con un nuevo plazo de 3 o 6 meses.

Tipos de infracciones

El plazo según la gravedad del acto cometido depende según la clasificación de la infracciones en la que se encuentre.

Por un lado, podemos encontrar las faltas leves que conllevan un pago de hasta 100 euros. Por otro lado, las graves tendrían una multa de 200 euros y las causas principales podrían ser conducción negligente, no cumplir los límites de velocidad (oscilando unos valores más moderados), arrojar objetos o sustancias a la vía que sean perjudiciales, utilizar el móvil mientras se conduce, incumplir disposiciones (descansos, prioridad de paso, adelantamientos, etc.) y saltarse un semáforo en rojo o stop, entre otras.

Por último, las muy graves recibirían una cuantía de 500 euros como no respetar los límites de velocidad (por ejemplo a más de 81 km/h cuando es a 30km/h), alcohol en la conducción, no hacerse la prueba obligatoria de sustancias y estupefacientes, conducción temeraria o inhibidores de radar.

Plazos de preinscripción

En las multas de circulación, la preinscripción podrá dividirse en dos puntos según la gravedad:

  • Infracciones leves: 3 meses desde su cometido.
  • Infracciones graves o muy graves: 6 meses.

Cuando se instaura una sanción, la preinscripción de esta son cuatro años para las acciones que requieran el pago de una cantidad de dinero y un año para las que no necesiten una cantidad económica(como la pérdida de puntos).

Multa no prescrita

Si se considera que el plazo puede haber prescrito, se puede revisar el expediente en el organismo correspondiente para comprobar si hay constancia de fechas y acciones realizadas por la administración. Si se ha superado el plazo, la infracción habrá prescrito y se deberá pasar a formular alegaciones.

Si el plazo fue interrumpido, se puede pagar con un abono de un 50% menos de la cantidad total o realizar alegaciones si se discrepa de la autoría de la infracción.