El viejo mito de que "sin cadáver no hay delito" ha quedado definitivamente desmontado por la justicia española. Los tribunales han demostrado que es posible condenar por asesinato incluso sin encontrar el cuerpo de la víctima, sin confesión y sin pruebas directas. La clave está en la acumulación de indicios que permiten reconstruir el crimen de manera convincente, un enfoque conocido como prueba indiciaria.
Lejos de lo que han difundido durante años el cine, las series y la literatura, se ha demostrado que es posible condenar por asesinato sin la aparición del cadáver. Así lo evidencian varios casos analizados en Más de uno, de la mano de Territorio Negro, donde se repasaron algunas de las sentencias más significativas dictadas en España en este ámbito.
Un precedente clave: el caso Ramón Laso
Manu Marlasca y Luis Rendueles presentan el caso de Ramón Laso, que funciona como uno de los ejemplos más relevantes. Fue condenado en 2014 a 30 años de prisión por la desaparición y muerte de su pareja y su cuñado en Tarragona. Nunca se encontraron los cuerpos ni existió confesión, pero la acumulación de indicios permitió a los investigadores reconstruir el crimen.
Laso ya había matado antes a su primera esposa y a su hijo, hechos que inicialmente se consideraron accidente y suicidio. Su historial criminal fue determinante para reforzar la investigación y la posterior condena.
Casos sin cuerpo que refuerzan la teoría
Más recientemente, la Audiencia de Barcelona condenó a Luis Bonet a 15 años de cárcel por la muerte de Diego Vargas en Sant Andreu de la Barca, en 2020. En este caso tampoco existieron pruebas directas: no hubo cadáver, arma, testigos ni confesión. La condena se sustentó en una larga cadena de indicios, incluyendo discrepancias económicas entre víctima y acusado, mensajes interceptados en plataformas de mensajería de delincuentes y la reconstrucción de los movimientos mediante cámaras de seguridad y rastreo de teléfonos móviles.
El tribunal descartó la posibilidad de desaparición voluntaria de Diego Vargas al considerar su estrecha relación con la familia, la estabilidad en su vida personal y la ausencia de cualquier actividad financiera o social tras su desaparición. La suma de todos estos elementos permitió concluir, con certeza jurídica, que la víctima había sido asesinada y que Bonet era el responsable.
Otro caso destacado es el de Mohamed Taheri, condenado a 15 años por la desaparición de su exmujer en Mataró en 2014. El Tribunal Supremo se refirió a los "indicios agobiantes" como prueba suficiente para acreditar el asesinato, a pesar de no haber encontrado el cadáver ni el escenario del crimen. La investigación se basó en contradicciones del acusado, patrones de comportamiento sospechosos y el seguimiento de sus movimientos, demostrando que la víctima había muerto.
Aunque no exista evidencia directa, la acumulación de indicios puede ser suficiente para reconstruir los hechos y demostrar la culpabilidad del acusado. Además, la legislación española contempla figuras como la detención ilegal sin dar razón del paradero, utilizada incluso antes de estas condenas por asesinato sin cadáver. Por lo tanto, deshacerse del cadáver no garantiza la impunidad ni la ejecución del "crimen perfecto".
