El ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, ha marcado un hito en el caso Koldo al ser la primera vez que se decreta esta medida. Mientras que José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García siguen en libertad con medidas cautelares, el juez del Tribunal Supremo ha decidido aplicar la medida más dura solo para Cerdán. Existen varias razones:
Indicios sólidos de delitos y rol preeminente
Cerdán ha sido imputado por organización criminal, cohecho y tráfico de influencias, delitos graves que, por sí mismos, justifican un examen riguroso de su situación procesal. Sin embargo, lo que ha pesado especialmente en la decisión del juez es su posición central dentro de la trama.
Según el auto judicial, Cerdán ejercía como el “cabecilla” de la organización, con una función clave: la recaudación y distribución de las comisiones ilegales. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, afirma que mantenía con Ábalos y Koldo una relación "vertical, de cierta preeminencia", y que se encargaba de repartir los beneficios ilícitos entre los implicados. Esta posición jerárquica dentro del grupo delictivo es una de las diferencias fundamentales respecto a los otros dos investigados.
Riesgo de fuga y de obstrucción de la justicia
Otro de los factores que ha motivado el ingreso en prisión de Cerdán es el riesgo de fuga. La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particulares (entre ellas, el Partido Popular) señalaron esta posibilidad como motivo suficiente para apartarlo de la vida en libertad mientras avanza la investigación.
Pero además, el juez detecta un riesgo real de destrucción de pruebas y coacción de testigos, algo que no se apreció en el caso de Ábalos ni de Koldo. En su auto, Puente señala que la instrucción respecto a Cerdán está aún en una fase muy inicial, lo que agrava estos riesgos. Por ejemplo, no se ha practicado aún el registro domiciliario del exdirigente socialista, ni se ha investigado en profundidad su situación patrimonial. Esta falta de avance contrasta con las diligencias ya desarrolladas en los casos de Ábalos y García, y justifica, en opinión del juez, la aplicación de medidas más estrictas.
El criterio diferenciado de la Fiscalía
En el caso de Ábalos y Koldo, el Ministerio Público optó por no solicitar su ingreso en prisión tras sus respectivas declaraciones, pese a que las acusaciones particulares sí lo hicieron. En cambio, sí pidió la prisión inmediata para Cerdán.
Este cambio da indicios de cooperación del exministro Ábalos con la investigación, lo que podría haber suavizado la posición de la Fiscalía. Esa colaboración, si existiera, no se habría dado en el caso de Cerdán, lo que contribuiría a justificar su diferente tratamiento judicial.
El “botín oculto” y la amplitud de la trama
Finalmente, el juez también apunta a la posible existencia de un botín millonario aún no recuperado por la justicia. Sospecha que quedan por localizar importantes cantidades de dinero procedentes de las comisiones, así como más personas implicadas que aún no han sido identificadas ni investigadas. Cerdán, dada su supuesta posición en el epicentro de la trama, podría tener información clave sobre ambos aspectos.
Por todo ello, el juez ha estimado que en el caso de Cerdán no bastan las medidas cautelares impuestas a los otros implicados, como la retirada del pasaporte y la obligación de firmar cada 15 días ante el juzgado. En su lugar, ha decretado su ingreso inmediato en prisión para preservar la integridad del proceso judicial.

