España

La Audiencia Nacional da luz verde para llevar a juicio a dos periodistas por el caso de la SIM robada a una exasesora de Pablo Iglesias

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez instructor del 'caso Dina' de procesar a los dos periodistas investigados en esta pieza separada de la macrocausa que gira en torno al comisario jubilado José Manuel Villarejo señalando que la conducta que se les atribuye es "incardinable en el delito de descubrimiento y revelación de secretos".

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ondacero.es

Madrid | 03.10.2023 18:25

La ex asesora de Podemos Dina Bousselham
La ex asesora de Podemos Dina Bousselham | A. Pérez Meca / Europa Press

La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez Manuel García Castellón de proponer llevar a juicio a los periodistas de la desaparecida revista Interviú, Alberto Pozas y Luis Rendueles, en relación a la investigación sobre la tarjeta del móvil que fue sustraída a la ex asesora del exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias, Dina Bousselham.

La sección tercera de lo Penal ha rechazado en un auto los recursos presentados contra el auto de pase a procedimiento abreviado dictado el pasado mes de mayo por el juez instructor contra ambos periodistas, a los que envió a juicio junto al comisario jubilado José Manuel Villarejo en esta pieza, denominada Dina, del caso Tándem.

Argumentos de los apelantes

La resolución de la Sala rechaza los argumentos de los apelantes y señala que los hechos del auto recurrido, consistentes en la entrega a un tercero (Villarejo) de datos reservados de carácter personal alojados en la tarjeta de memoria del teléfono de Dina Bouselham, son constitutivos de una conducta incardinable en el delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Los magistrados también descartan el argumento de que los hechos no serían competencia de la Audiencia Nacional por no haberse acreditado en esta pieza la existencia de una organización criminal.

Hechos que podrían constituir delitos de blanqueo de capitales y organización criminal

Argumentan que no se puede determinar la competencia de esta pieza al margen del tronco común al que pertenece y al que en cualquier momento puede regresar y cuya tramitación corresponde a los Juzgados Centrales de Instrucción, pues se trata de hechos cometidos en parte en el extranjero, que podrían constituir delitos de blanqueo de capitales y organización criminal, entre otros.

En otro auto, el tribunal rechaza el recurso de los dos periodistas contra la resolución del titular del Juzgado Central de Instrucción Seis del pasado mes de junio en el que desestimaba la declinatoria de jurisdicción planteada por el comisario Villarejo.

En todo momento los periodistas han defendido que no publicaron información extraída de esa tarjeta, que se la entregaron a Pablo Iglesias a través del presidente del Grupo Zeta, Antonio Asensio, y que existió un requerimiento policial de Villarejo para la entrega del dispositivo en el curso de una investigación, por lo que actuaron de forma legítima, ya que además desconocían que la tarjeta se hubiese obtenido de forma ilícita.

El juez instructor entiende sin embargo que esa entrega no estuvo "justificada por una solicitud oficial, formulada en el curso de una investigación policial o judicial" y por todo ello propuso que fueran juzgados junto a Villarejo.