PRESTACIONES SOCIALES

Quién tiene derecho a cobrar el ingreso mínimo vital

Son más de un millón las personas que podrían beneficiarse de esta ayuda social, aunque muchos de ellos no conocen que son susceptibles. Conoce aquí quién puede acceder a ella.

👉 El Gobierno aprueba un incentivo al empleo en el Ingreso Mínimo Vital

📌 ¿Por qué hay tantos hogares con derecho a Ingreso Mínimo Vital que no lo solicitan?

ondacero.es

Madrid | 28.09.2022 17:04

Dinero
Dinero | Europa Press

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva ofrecida por la Seguridad Social. Está dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de aquellos que no tienen los recursos económicos básicos para poder hacer frente a sus necesidades más esenciales, ya sea por que viven solos o forman parte de una unidad de convivencia de renta baja.

Una de las medidas más aplaudidas del Ejecutivo de Pedro Sánchez, está configurada como un "derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica", tal y como muestra el portal web de la Seguridad Social. Entre sus objetivos está perseguir una "mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral" de todas las personas que puedan beneficiarse de ella.

Este martes el Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros un incentivo al empleo en el IMV, que se activará una vez los beneficiarios encuentren empleo o mejoren sus condiciones laborales. Se calcula que cerca de 100.000 hogares puedan verse favorecidos por este incentivo, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

¿Quién puede beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital?

Desde su creación alrededor de 500.000 hogares se han podido beneficiar del IMV, es decir, 1,4 millones de personas físicas. Los ciudadanos que la perciban pueden obtener una "renta garantizada" siempre y cuando cumplan todos los requisitos impuestos por la Seguridad Social.

  • Tener al menos 23 años, o 18 años en caso de tener menores a cargo.
  • No beneficiarse de ninguna pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
  • Haber residido de forma continuada en España al menos durante un año.
  • Haber vivido de manera independiente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas que residan solas.
  • En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
  • Haber requerido previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
  • También podrán beneficiarse las personas que sean usuarias temporales de una prestación de servicio residencial de carácter social, sanitario o socio-sanitario.

Por otro lado, el derecho a percibir el IMV está disponible para todas aquellas personas o unidades de convivencia no ingresen una cantidad superior a su renta garantizada. El patrimonio máximo para acceder a la prestación corresponde a la cuantía anual multiplicada tres veces, sin contar deudas y el valor de la vivienda habitual.

Existen una serie de circunstancias especiales para personas que formen parte de colectivos específicos como las víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género, siempre y cuando puedan acreditar esta condición mediante un informe emitido por los servicios sociales públicos o privados.

Además, el portal de la Seguridad Social ofrece un simulador que permite comprobar si el solicitante es apto para recibir el IMV. Para conocerlo, solo hay que contestar a una serie de preguntas y completar una lista de campos.

¿Cuánto se puede percibir con esta ayuda?

La Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital establece en su artículo 13 una escala de cantidades garantizadas según el número de convivientes en el hogar. Desde la aprobación de dicha norma, estos importes han aumentado un 3% respecto a los del año 2021. Además, a raíz de los problemas económicos causados por la guerra de Ucrania el Ejecutivo decidió aumentar de forma temporal la cuantía en un 15% hasta el 31 de diciembre de 2022. Por lo tanto estas son las cantidades finales que se perciben a día de hoy:

  • Un adulto sin menores a su cargo recibirá 565,37 euros al mes.
  • Un adulto con un menor a su cargo o dos adultos recibirán 734,99 euros al mes.
  • Un adulto con dos menores a su cargo recibirá 904,60 euros al mes.
  • Dos adultos con un menor a su cargo recibirán 904,60 euros al mes.
  • Dos adultos con dos menores a su cargo recibirán 1.074,15 euros al mes.
  • Dos adultos con tres o más menores a su cargo recibirán 1.243,83 euros al mes.
  • Hogares monoparentales de un adulto con un menor a su cargo recibirán 859,37 euros al mes.
  • Hogares monoparentales de un adulto con dos menores a su cargo recibirán 1.028,99 euros al mes.
  • Hogares monoparentales de un adulto con tres o más menores a su cargo recibirán 1.198,60 euros al mes.