SUBSIDIO POR DESEMPLEO

A qué personas afectan los cambios del nuevo subsidio por desempleo

La reforma entrará en vigor con carácter general en noviembre de este año e incorpora algunas novedades respecto a la que se tumbó en enero en el Congreso.

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ondacero.es | Agencias

Madrid | 09.05.2024 10:30

A qué personas afectan los cambios del nuevo subsidio por desempleo
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto a los secretarios de UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo | Europa Press

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los líderes de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, firmaron este miércoles la reforma del subsidio por desempleo que contempla algunas novedades respecto a la que tumbó el Congreso el pasado mes de enero con los votos de PP, Vox y Podemos.

Entre las principales novedades destacan las siguientes:

Aumento por tramos de la cuantía de la ayuda

La reforma, que no ha sido firmada por CEOE y Cepyme, mejora las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos:

  • El subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual).
  • Del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros).
  • Y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).

Ampliación del colectivo de beneficiarios: a qué personas afecta

Al subsidio podrán acceder ahora los siguientes colectivos:

  • Personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años.
  • Emigrantes retornados.
  • Menores de 45 años sin cargas familiares.
  • Trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).

Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos en la legislación aplicable y en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.

La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.

Compatibilización del subsidio y la prestación contributiva con un salario

En el caso del subsidio, cuya duración máxima seguirá siendo de 30 meses, la compatibilidad será por un periodo tope de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía. En el caso de la prestación contributiva se podrá compatibilizar con un empleo tras un año cobrando prestación y siempre que el salario no supere el 225% del Iprem (1.350 euros al mes).

Fuentes de la negociación han explicado a Europa Press que todavía quedan por definir algunos detalles de esta medida. La idea, en principio, es que sea opcional para el desempleado, de forma que si encuentra un trabajo, pueda decidir si suspende la prestación --pudiendo retomarla tras finalizar su empleo- o si la va consumiendo al simultanearla con un salario.

Este nuevo régimen de compatibilidades irá acompañado del establecimiento de mecanismos de control a través de la firma de un convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Inspección de Trabajo para determinar los supuestos de compatibilidad de prestaciones por desempleo y trabajo por cuenta ajena que deban ser objeto de actuaciones inspectoras, todo ello para evitar el fraude en la obtención y disfrute de las prestaciones.

Simplificación de los trámites

La nueva reforma, que podría aprobarse vía Real Decreto en el Consejo de Ministros de dentro de dos semanas, mantiene la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día.

Base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años

Se mantiene además en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.

Se eliminan los subsidios parciales

La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.

Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.