SEGURIDAD SOCIAL

Estas son las diferencias entre los grupos de cotización: cómo saber cuál es el tuyo

Te contamos cuáles son los diferentes grupos de cotización en España que establecen las bases de cotización a la Seguridad Social y el convenio colectivo al que pertenece cada trabajador.

ondacero.es

Madrid | 25.08.2022 06:06

Estas son las diferencias entre los grupos de cotización: cómo saber cuál es el tuyo
Estas son las diferencias entre los grupos de cotización: cómo saber cuál es el tuyo | Pixabay

Los grupos de cotización son diferentes categorías profesionales que establece la Seguridad Social española para agrupar a los trabajadores según qué funciones desarrollan en su día a día en el trabajo. Esta clasificación es la que marca las bases de cotización y dentro de qué convenio colectivo se encuentra cada trabajador.

En España existen once grupos de cotización diferentes en base a la categoría profesional en la que un trabajador se encuentra:

  • Grupo 1: Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. Su base de cotización mínima es de 1.572,30 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 2: Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados. Su base de cotización mínima es 1.303, 80 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 3: Jefes administrativos y de taller. Su base de cotización mínima es de 1.134,30 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 4: Ayudantes no titulados. Su base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 5: Oficiales administrativos. Su base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 6: Subalternos. Su base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 7: Auxiliares administrativos. Su base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 8: Oficiales de primera y segunda. Su base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.
  • Grupo 9: Oficiales de tercera y especialistas. Su base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.
  • Grupo 10: Peones. Su base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.
  • Grupo 11: Trabajadores menores de 18 años cualquiera que sea su categoría profesional. Su base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.

Para saber a qué grupo de cotización pertenece cada trabajador es conveniente tener en cuenta tres aspectos: el grupo profesional en el se encuentra en el convenio colectivo, la titulación y el contenido del puesto que desempeña.

Los empleados podrán comprobar a qué grupo de cotización pertenecen en su nómina, así como la categoría, las deducciones a la Seguridad Social, las retenciones de IRPF o el tipo de contrato que tiene firmado con la empresa.

Es conveniente, además, diferenciar bien entre grupos de cotización y categoría profesional. Esta última indicará qué funciones realiza el trabajador dentro de la empresa y afecta directamente al salario que cobra por ellas. Los grupos de cotización están establecidos por la Seguridad Social y establecen la cotización del empleado.

Estas bases de cotización sirven, además, para calcular el coste real que tiene un trabajador para la empresa, ya que ésta, además del salario paga una serie de cotizaciones por diferentes razones que hacen que el coste de tener a un trabajador a sueldo sea mayor.