Faltan pocos meses para que inicie la campaña de la Renta 2025 y todavía hay quienes dudan sobre si tienen que hacer la declaración o no. Para ello, la Agencia Tributaria cuenta con una guía en la que especifica quiénes están obligados y quiénes no a realizar dicho procedimiento.
Cuándo no estoy obligado a declarar
Siguiendo tales indicaciones, aquellas personas que no superen los 22.000 euros brutos anuales en ingresos con un solo pagador no están obligadas a declarar (aquí se incluyen las pensiones y haberes pasivos, pensiones compensatorias y anualidades por alimentos).
Tampoco están obligadas las personas que, con varios pagadores, no superen la cantidad de 14.000 euros, siempre y cuando la suma del segundo pagador y siguientes no supere los 1.500 euros. En este caso, el limite vuelve a ser 22.000 euros.
En caso de rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales, el límite se sitúa en 1.600 euros anuales. Es decir, si estos ingresos no superan la cuantía, la persona no está obligada a presentar la declaración de la Renta.
Para las rentas inmobiliarias imputadas, letras del tesoro o subvenciones para vivienda, el límite se establece en mil euros anuales. Si se supera, se está obligado a declarar y, si no, no es necesario.
Cuándo estoy obligado a declarar
Como norma general, todos los contribuyentes están obligados, salvo las excepciones anteriormente descritas. De forma resumida, los escenarios son los siguientes:
- Un solo pagador: ingresos superiores a 22.000 euros anuales.
- Varios pagadores: ingresos superiores a 14.000 euros anuales cuando se haya cobrado más de 1.500 euros del segundo y restantes pagadores.
- Autónomos
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital junto con los miembros de su unidad familiar
- Prestaciones por desempleo
- Subvenciones o rentas inmobiliarias superiores a mil euros anuales
- Rendimientos mobiliarios y ganancias superiores a 1.600 euros anuales
Fechas clave
Las fechas de la campaña de Renta y Patrimonio ya están adjudicadas. Según apunta la Agencia Tributaria, la declaración de la Renta se podrá realizar de tres maneras en los siguientes periodos:
- Del 8 de abril al 30 de junio, las personas podrán presentar por internet la declaración.
- Del 6 de mayo hasta el 30 de junio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración vía telefónica a las personas interesadas. Las citas para ello estarán disponibles desde el 29 de abril hasta el 29 de junio.
- Por último, la Agencia Tributaría podrá confeccionar la declaración de manera presencial en oficinas desde el 1 de junio hasta el 30 del mismo mes. Las citas para ello estarán disponibles desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio.

