La Generalitat Valenciana valida la modificación del Plan General de Ordenación Urbana Elche para regular la instalación de plantas solares en suelo no urbanizable del municipio.
Se trata del informe previo preceptivo a poder impulsar la regulación definitiva para la tramitación de este tipo de instalaciones en zonas rurales de Elche con medidas y condicionantes que, según se ha destacado desde el Consistorio ilicitano, “protegen el entorno, el territorio, el patrimonio ilicitano y la biodiversidad”.
La regulación que ahora va a aprobar de forma definitiva el Ayuntamiento de Elche no afectará a las instalaciones de energía renovable destinadas al autoconsumo.
Las plantas fotovoltaicas no podrán ubicarse en suelos no urbanizables de especial protección entre los que entran zonas del litoral, montes y áreas forestales, yacimientos arqueológicos y zonas húmedas como cauces o barrancos.
Además, la modificación propuesta prevé prohibir esas instalaciones en suelos no urbanizables comunes como saladares y carrizales, zonas potencialmente inundables, huertos de palmeras diseminadas o áreas de protección de sistemas.
Por otro lado, no podrán ubicarse en las zonas clasificadas como suelo no urbanizable por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Sistema de Zonas Húmedas del Sur de Alicante ni en las áreas clasificadas como suelo urbanizable protegido por el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde Litoral de la Comunidad Valenciana (PATIVEL). Tampoco en el área sujeta a estudio para el desarrollo del área industrial Porta d’Elx.
Terrenos en los que se podrán implantar parques solares
Las plantas fotovoltaicas podrán implantarse en suelos no urbanizables comunes cuando respeten las condiciones de edificación medioambiental y paisajística establecidas como la distancia mínima a viviendas, parcelas, cauces y patrimonio cultural, así como otras medidas medioambientales relativas a la fauna y la flora y el requerimiento de integración paisajística.

