Una mujer de 52 años ha sido condenada por la Audiencia de Alicante a tres años de prisión por tratar de introducir sustancias estupefacientes en el centro penitenciario de Fontcalent, durante un permiso para tener contacto con su pareja.
Dictada por un tribunal de la Sección Tercera, la sentencia detalla que en torno a las 18:30 horas del 21 de mayo de 2023 la procesada acudió a prisión para mantener una comunicación con su pareja, que permanecía interna en el penal, y que antes fue inspeccionada por la unidad canina de la Guardia Civil, lo que propició que la acusada hiciese entrega de una bolsa que contenía una sustancia vegetal de color verde.
En ese momento, se le informó de que debía ser sometida a un cacheo integral, por lo que fue conducida a la sala habilitada para ello y la acusada aprovechó para arrojar a la papelera otra bolsa que contenía otra sustancia marrón y un trozo de otra sustancia blanca cristalizada que iba a destinarse a terceras personas.
Los funcionarios de prisiones se percataron de ello y practicaron su detención, según la sentencia, que precisa que el análisis de esas sustancias permitió determinar que se trataba de 21,89 gramos de resina de cannabis con una pureza del 26,6% y 7,5 gramos de cocaína, con una pureza del 88%. En su conjunto, según la sentencia, esas sustancias habrían alcanzado un valor de 550 euros en el mercado ilícito.
La procesada reconoció los hechos y asumió la autoría del delito en el inicio del juicio, celebrado el pasado 3 de marzo, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, por lo que el tribunal dictó sentencia condenatoria ‘in voce’ con tres años y una multa de 600 euros.
Todo ello, después de aplicar la agravante de reincidencia, así como la atenuante de dilaciones indebidas, puesto que la causa había permanecido parada desde 2023 por causas no imputables a la procesada.
Se da la circunstancia de que la mujer ya había sido condenada en dos ocasiones anteriores por el mismo delito, en 2022 y en 2018, en sendas sentencias por las que se le impuso la pena de tres meses y de cuatro años de privación de libertad, respectivamente. La sentencia dictada ahora por la Audiencia es firme, sin posibilidad de recurso.

