Nueva Ordenanza del Ayuntamiento

Polémica en Getafe: multas de hasta 1.500 euros por escupir y tirar chicles, pipas o colillas al suelo

La nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Getafe contempla sanciones de hasta 3.000 euros por escupir al suelo o arrojar cáscaras de pipas o chicles, entre otras cosas. Aunque algunos vecinos ven bien la nueva política de limpieza de la localidad, otros no están tan contentos con el importe de las multas.

Joan Gimeno

Madrid | 21.08.2019 15:14

Esta nueva ordenanza era uno de los principales temas de conversación esta mañana en las calles de Getafe.

La nueva ley municipal contempla multas de hasta 3.000 euros. A partir de este miércoles es sancionable escupir en la calle, tirar cáscaras de pipas, sacudir alfombras por las ventanas, practicar juegos deportivos en las calles o negociar servicios sexuales en el espacio público. Muchos vecinos de Getafe consideran desmedidas estas multas.

"Me parece excesivo y exagerado; 3.000 euros es un afán recaudatorio para el Ayuntamiento; nos roban, eso es robar", aseguran los vecinos.

Creen los getafenses que es mucho dinero, pero también tienen en cuenta que esta nueva ordenanza tiene como objetivo mantener la ciudad más limpia y para ello es necesario tomar medidas.

"Si luego va a haber limpieza en las calles, no es excesivo; Algo hay que hacer para educar a la gente, a veces hay que castigarnos un poco si no aprendemos por las buenas", afirman otros.

También se sancionará por ofrecer servicios a los conductores en los semáforos, insultar a funcionarios o realizar actuaciones musicales en la calle sin autorización.

Principales sanciones

Se considera como infracciones muy graves, con sanciones entre 1.500 y 3.000 euros, realizar "actos de consumo por una colectividad indeterminada de personas, de cualquier tipo de comida o bebida, sea alcohólica o no, en parques, jardines, plazas o vía pública sin autorización municipal".

También se sancionará la práctica de juegos en el espacio público y de competiciones deportivas masivas y espontáneas "que perturben los legítimos derechos de los vecinos o de los demás usuarios del espacio público".

En cuanto a las infracciones graves, con multas entre los 750 y 1.500 euros, se encuentran "comer productos que generen residuos de difícil limpieza como pipas, frutos secos con cáscara o chicles".

También serán infracciones graves "las conductas que, bajo la apariencia de mendicidad o bajo formas organizadas, representen actitudes coactivas o de acoso, u obstaculicen e impidan de manera intencionadas el libre tránsito de los ciudadanos, así como el tráfico rodado por los espacios públicos".

No se permitirán actuaciones musicales en los espacios públicos sin autorización previa ni tampoco actuaciones privadas que se hagan fuera del horario comprendido entre las 10.00 y las 22.00 horas, que tengan una duración superior a los 30 minutos o superen el tiempo total de dos horas en un día en una misma ubicación.

En cuanto a las infracciones leves, que se sancionarán con hasta 750 euros, se multará "proferir por escrito o de palabra, insultos, burlas, o molestias intencionadas, y manifestarse incorrectamente o con insultos hacia la autoridad municipal, miembros de la corporación o funcionarios y demás empleados de la misma".

Además, se prohibirá "la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas destinadas a tal efecto, el juego con balones u otros instrumentos en los espacios públicos, siempre que exista perjuicio a terceras personas, o se realicen a horas impropias para el descanso de la vecindad".