Tribunales

El Juzgado de Barbastro es competente para juzgar el caso de los Bienes

El Tribunal de Conflictos de Jurisdicción ha desestimado el conflicto, que planteó la Generalitat de Cataluña al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Barbastro, sobre la devolución de 111 obras de arte desde el Museo de Lleida a la Diócesis oscense.

Redacción

Zaragoza | 24.09.2020 14:40

Tres de las cajas mortuorias de Sijena en el Museo de Lérida
Tres de las cajas mortuorias de Sijena en el Museo de Lérida | EFE

El Tribunal ha declarado que corresponde al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número de Barbastro la competencia para seguir conociendo del asunto que la Generalitat de Cataluña le discutía.

Por tanto, el Juzgado de Barbastro debe resolver las solicitudes de aclaración y complemento de la sentencia que dictó el 10 de diciembre de 2019, que declaró que los bienes eran propiedad de distintas parroquias aragonesas de las que procedían, y que debían ser devueltos de forma inmediata a las mismas. Asimismo, el Juzgado deberá ocuparse de la tramitación, en su caso, del recurso de apelación contra su sentencia.

El Juzgado suspendió el procedimiento en enero de 2020 a efectos de recurso de apelación y de las solicitudes de aclaración y complemento de sentencia al plantear la Generalitat catalana el conflicto de jurisdicción tras dictarse la sentencia.