Tras registrarla el PSOE

El Congreso dará el lunes el primer paso para la moción de censura de Rajoy

La Mesa del Congreso dará el próximo lunes el primer paso para la celebración del debate de la moción de censura contra el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que ha registrado el PSOE en la Cámara Baja.

ondacero.es

Madrid | 25.05.2018 17:24

Mariano Rajoy en el Congreso de los Diputados
Mariano Rajoy en el Congreso de los Diputados | EFE

En un acto en Arzúa (A Coruña), la presidenta del Congreso, Ana Pastor, ha confirmado esta mañana que el lunes se reunirá la Mesa para calificar la moción de censura en la que opta a la Presidencia del Gobierno el líder del PSOE, Pedro Sánchez.

Pastor ha indicado que a partir de esa reunión ella estará a lo que dicta el Reglamento de la Cámara Baja y cumplirá con sus funciones institucionales.

Una vez que el lunes la Mesa del Congreso califique la iniciativa del PSOE, se abrirá un plazo de dos días para que otros grupos parlamentarios puedan presentar mociones alternativas, como la que podría impulsar Ciudadanos.

Aunque no hay precedentes, el artículo 115.2 de la Constitución establece que el presidente del Gobierno no podrá disolver las Cortes una vez que ya hay una moción de censura en trámite, moción que deberá debatirse.

Los letrados de las Cortes especifican que el "trámite" del que habla la Constitución comienza desde el mismo momento del "depósito" de la iniciativa, esto es, desde su registro en la Cámara.

Una vez que se califique la moción de censura debe debatirse y, por tanto, no sería posible que Rajoy disolviera las Cortes y convocara elecciones.

En cualquier caso, la moción no puede llegar al pleno antes de cinco días desde su admisión a trámite en la Mesa, aunque no parece que esa sesión pueda celebrarse antes del 5 ó 6 de junio, en unas dos semanas.

Para intentar consensuar esa fecha, Pastor hablará con el candidato o candidatos y con el presidente del Gobierno aunque en cualquier caso es competencia de la presidenta convocar el pleno.

La moción de censura y la cuestión de confianza son procedimientos recogidos en la Constitución que ponen de manifiesto la ruptura de la relación de confianza existente entre el Ejecutivo y la Cámara.

Recogida en los artículos 113 y 114.2 de la Constitución y en los artículos 175 a 179 del Reglamento del Congreso, se trata de un procedimiento que no sólo censura al presidente vigente, sino que obliga además a proponer un candidato alternativo para la Presidencia del Gobierno.

Según el artículo 113 de la Constitución, la moción de censura debe ser propuesta al menos por la décima parte de los diputados, esto es 35 diputados.

En su apartado 4, el artículo 113 establece que en el caso de que la moción de censura no fuera aprobada por el Congreso, sus firmantes no podrán presentar otra durante el mismo periodo de sesiones para evitar abusos.

Por su parte, el artículo 177 y siguientes del Reglamento del Congreso establecen el formato del debate, que se iniciará por la defensa de la moción de censura sin limitación de tiempo por parte de uno de los diputados firmantes de la misma.

A continuación, y también sin limitación de tiempo, podrá intervenir el candidato a presidente del Gobierno a efectos de exponer el programa político del Ejecutivo que pretende formar.

Después de una interrupción decretada por la Presidencia podrá intervenir un representante de cada uno de los grupos parlamentarios de la Cámara por tiempo de treinta minutos, además de un turno de replica de otros diez minutos.

Cabe la posibilidad de que se presente a la vez más de una moción de censura, y entonces se podrá acordar el debate conjunto aunque se votarán por separado, siguiendo el orden de su presentación.

La aprobación de una moción de censura requerirá, en todo caso, el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados, esto es 176 votos.

En el artículo 114.2 de la Constitución se establece que si el Congreso aprueba una moción de censura, el Gobierno deberá presentar su dimisión al Rey y el candidato votado en la moción se entenderá investido de la confianza de la Cámara. A continuación, el Rey le nombrará presidente del Gobierno.

La moción de censura del PSOE sería la cuarta que se celebra desde la llegada de la democracia, que ha vivido otras tres contra Adolfo Suárez en 1980, Felipe González, en 1987, y el propio Rajoy en 2017, aunque ninguna tuvo éxito.