Ley del aborto

¿Puede una joven de 16 años continuar con el embarazo si sus padres se oponen?

El anteproyecto de la reforma de la ley del aborto introduce un epígrafe para el aborto de mujeres de 16 años.

ondacero.es

Madrid | 18.05.2022 07:59 (Publicado 18.05.2022 06:05)

¿Puede una joven de 16 años continuar con el embarazo si sus padres se oponen?
¿Puede una joven de 16 años continuar con el embarazo si sus padres se oponen? | Pexels

El Ministerio de Igualdad ha presentado el anteproyecto de reforma de la ley del aborto que ha llevado al Consejo de Ministros con importantes medidas como el acceso al aborto sin necesidad de grandes desplazamientos, la baja por regla dolorosa, el derecho a baja por interrupción voluntaria del embarazo, el reparto gratuito de productos de salud menstrual o la gratuidad de la píldora del día después, entre otras.

Requisitos para la interrupción del embarazo

El texto refleja los requisitos necesarios para la interrupción obligatoria del embarazo:

a) Que se practique por personal especialista o bajo su dirección.

b) Que se lleve a cabo en centro sanitario público o, excepcionalmente, en un centro privado acreditado.

c) Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer embarazada o, en su caso, del representante legal

¿Puede abortar una mujer de 16 años sin consentimiento de los padres?

El anteproyecto introduce novedades en cuánto a la edad. Han marcado la franja en los 16 años. Por tanto, las mujeres a partir de esa edad podrán interrumpir el embarazo sin necesidad del permiso de sus progenitores. Así lo refleja el texto en el artículo 31: "Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo a partir de los 16 años, sin necesidad del consentimiento de sus progenitores o tutores".

Además, recoge la excepción de menores de 16 años embarazadas en situación de desamparo para las que "la asunción de la tutela por la entidad pública a la que, en el respectivo territorio, esté encomendada su protección, se llevará a cabo según el procedimiento establecido en el artículo 172 del Código Civil, con un plazo máximo de 48 horas, independientemente del estado de las diligencias administrativas, a fin de salvaguardar el derecho efectivo de la menor a la interrupción voluntaria del embarazo".