reforma del código civil

Los padres acusados de maltrato ya no podrán visitar a sus hijos menores

Si el progenitor está "en situación de prisión, provisional o por sentencia firme" por maltrato no podrá acceder al régimen de visitas.

ondacero.es

Madrid | 03.09.2021 11:05

Cartel contra la violencia de género
Cartel contra la violencia de género | Agencia EFE

Desde este viernes, 3 de septiembre, los padres que han sido denunciados por maltrato no podrán visitar a sus hijos, esta nueva medida ha entrado en vigor con la reforma del Código Civil que ha sido introducida en la Ley que capacita jurídicamente a las personas con discapacidad.

El Gobierno aprobó esta medida con el fin de dar a los jueces las herramientas necesarias para poder modular los regímenes de visitas de forma rápida, evitando así los largos procesos que se llevaban a cabo hasta ahora. Aún así, deberán actuar siempre atendiendo al interés superior del niño.

El pasado 20 de mayo, el Congreso aprobó esta norma que modifica el artículo 94 del Código Civil, mediante una enmienda del PSOE y recoge que "no procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos".

Además, según el nuevo artículo, "tampoco procederá cuando la autoridad judicial advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género. No obstante, la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial".

Asimismo, el texto apunta que "no procederá en ningún caso el establecimiento de un régimen de visitas respecto del progenitor en situación de prisión, provisional o por sentencia firme, acordada en procedimiento penal por los delitos previstos en el párrafo anterior".

Esta modificación fue aprobada por el Congreso de los Diputados durante la misma sesión del Pleno en la que se dio luz verde a la Ley que capacita jurídicamente a las personas con discapacidad, que también entra este viernes en vigor.

El PSOE argumentó la introducción de este enmienda a raíz de lo acordado en la Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado en 2017, en materia de menores víctimas de violencia, así como en otras medidas similares que sí están recogidas en la Ley de Protección a la Infancia.