CORONAVIRUS

¿Cuándo no es obligatoria la mascarilla? Estas son las nuevas normas en España sobre su uso

A partir de este sábado la mascarilla deja de ser obligatoria en el exterior pero hay que llevar una a mano. Consulta cuáles son las nuevas normas sobre su uso.

ondacero.es

Madrid | 26.06.2021 06:03

Gente por la calle con mascarillas
Gente por la calle con mascarillas | Agencia EFE

Desde este sábado, 26 de junio, las mascarillas dejan de ser obligatorias en nuestro país en espacios abiertos siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros con no convivientes. No obstante, la nueva norma recoge que hay que llevar una encima por si fuese necesario su uso.

El Consejo de Ministros aprobó el jueves un real decreto ley que permite a los ciudadanos ir sin el cubrebocas en el exterior, un año y 36 días después de que entrara en vigor la primera norma que impuso su obligatoriedad en España.

La evolución de la pandemia y las coberturas de vacunación que se están alcanzando han permitido plantear el inicio de una reducción progresiva de algunas de las medidas de control de la transmisión, entre ellas la desaparición de este elemento en espacios abiertos, como recoge desde el viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este proceso culminará cuando las coberturas de vacunación del total de la población, y en cada uno de los grupos que la componen, se sitúe por encima del 70% y la situación epidemiológica se mantenga de forma estable, en todos los territorios, por debajo del nivel de alerta 1.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, aseguró que la medida está "muy bien pensada" ya que nos acerca "a la normalidad" y nos sitúa en las mismas condiciones que los países de nuestro entorno. "Las mascarillas dejan paso a las sonrisas. Se va a producir un relajamiento de su uso de manera progresiva, prudente, liberándonos de llevarla cuando la posibilidad de transmisión es casi inexistente", afirmó.

Para llevar a cabo la eliminación de las mascarillas, el Gobierno derogará el artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, sobre medidas urgentes para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus, que regulaba su uso obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abiertos al público, así como en los transportes. Y lo sustituye por otro más flexible, que será de aplicación en todo el territorio por igual y para cuya modificación será necesaria otro real decreto ley, según informó Darias.

¿Dónde es obligatorio el uso de mascarillas?

  • En el interior de los locales de hostelería y restauración o comercios.
  • En exteriores cuando haya aglomeraciones o no se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal.
  • En eventos multitudinarios (conciertos) aunque se realicen al aire libre, y el público esté de pie o sentado pero no se garantice una distancia mínima de 1,5 metros.
  • En transporte público (metro, autobús, avión), excepto en los camarotes privados y las cubiertas de los barcos.
  • En las residencias de ancianos o de discapacitados: Para los residentes que no estén vacunados (si no se ha vacunado a más del 80%) y para los trabajadores y visitas.
  • Trabajadores esenciales en cuyas empresas no se haya alcanzado el 80% de la vacunación.
  • En cuanto a los centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, el uso del cubrebocas, tanto en espacios abiertos como en cerrados, se regirá por las normas específicas que determine la autoridad penitenciaria competente.

¿Hay que llevar la mascarilla encima?

A pesar de las flexibilización de su uso que nos permitirá estar en exteriores sin ella, Darias, recomendó y apeló a que todos los ciudadanos lleven encima la mascarilla para poder ponerla en caso que sea necesario. Además, será obligatoria en determinadas situaciones y eso hará que este elemento tenga que ir siempre en el bolsillo.