UTILIZÓ LA INFORMACIÓN PARA ACOSARLA

Condenan a tres años de prisión a un agente que accedió a datos de la Policía para obtener información de su expareja

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a tres años de prisión a un policía nacional que accedió a las bases de datos del cuerpo para obtener información sobre su expareja, también policía, y la usó para acosarla, haciéndole saber que conocía lo que hacía, dónde y con quién.

ondacero.es

Madrid | 06.07.2018 19:27

Coche de la Policía Local
Coche de la Policía Local | Agencias

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia madrileña impone a Alberto G. F., de 53 años, la pena de tres años de prisión por un delito de revelación de secretos en concurso ideal con otro de acoso ya que, sirviéndose de su condición de policía

nacional, accedió a información privada de la víctima y la usó para "hostigarla".

Tal y como relata la resolución, Alberto tuvo una relación con una mujer, que también es policía, durante cuatro años, pero esta cesó en abril de 2014 y dejó como fruto un hijo, de cinco años en la actualidad, cuya custodia decidieron compartir tras de la separación.

Según considera probado el tribunal, Alberto, "no asumiendo la ruptura" y "con la finalidad de conocer los movimientos, viajes y desplazamientos" de su expareja, realizó hasta 37 búsquedas desde abril de 2016 hasta enero de 2017 en las bases de datos de la Policía acerca de su localización y la de sus acompañantes.

Lo hacía a través del sistema ARGOS, que contiene datos personales de interés policial como, por ejemplo, en qué hotel está hospedado una persona y con quién, aunque también realizó otras consultas sobre pasajeros de aviones, adquisición de joyas o titularidad de teléfonos. A la vez que comenzaron las consultas, Alberto empezó a dirigir a su expareja "reiterados y continuos" reproches sobre su relación, acabada ya hacía dos años, así como sobre aspectos de su vida privada que sólo podía conocer gracias a las búsquedas.

La sentencia deja claro que Alberto realizó tales consultas para "su uso exclusivo personal" y con el único fin de "controlar" a su ex pareja, consiguiendo "hostigarla" con la información obtenida y "violentar hasta el extremo su libertad y tranquilidad personal" al

someterla a una "insufrible presión".

Esto es porque el condenado, una vez obtenía la información, hacía saber a la víctima que era conocedor de dónde estaba, con quién, y qué era lo que hacía, a través de constantes mensajes de Whatsapp -hasta 400 en un sólo día- que "asfixiaban y limitaban hasta el extremo" la libertad de la víctima. En esta "escalada de quejas, reproches, descalificaciones y censuras constantes" se puede observar, según reza la sentencia, los intentos desesperados de la víctima para frenar el acoso al que su ex pareja le tenía sometida, llegando esta a amenazar con denunciarle, como finalmente hizo el 20 de febrero de 2017.

Además de las consultas en los datos de la Policía, el día 16 de abril de 2016, Alberto, que se encontraba en casa de su expareja cuidando del hijo de ambos, accedió al correo electrónico de la víctima en su iPad, donde leyó sus conversaciones íntimas con su

entonces nueva pareja. El condenado usó esta información para reprocharle, también por Whatsapp, el contenido sexual de los mensajes que se mandaba con él, lo que hizo a la víctima sentirse "humillada y vejada", según manifestó ella misma en el juicio y también recoge la sentencia.

Tanto es así, que la víctima requirió de tratamiento psiquiátrico y fue a consulta en las fechas a las que se refieren los hechos juzgados por presentar crisis de ansiedad directamente relacionadas con la invasión de su intimidad por parte de el condenado.

Basándose en estos hechos, la sentencia impone a Alberto la pena de tres años de cárcel, además de veinte meses de multa con seis euros al día, una orden de alejamiento hacia la víctima por cuatro años y la inhabilitación absoluta como policía por seis.