HASTA 4 AÑOS DE PRISIÓN

Saltarse el estado de alarma: de multas de 100 euros a penas de cárcel

Incumplir las restricciones contempladas en el Real Decreto que declara el estado de alarma puede acarrear multas de 100 euros e incluso penas de cárcel de 3 meses por desobediencia y de hasta 4 años por atentar contra la autoridad.

ondacero.es | EFE

Madrid | 15.03.2020 13:44 (Publicado 15.03.2020 13:37)

Madrid cierra bares y restaurantes
Madrid cierra bares y restaurantes | EFE

Este sábado, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anuncio las medidas contempladas dentro del estado de alarma aprobado por el Consejo de Ministros. Entre ellas se incluye la limitación de circulación de los ciudadanos por las vías públicas, de tal forma que solo salgan de casa en caso de necesidad. El real decreto también incluye el cierre de la mayoría de comercios, hostelería y la suspensión de espectáculos y eventos. Medidas que facilitan el confinamiento de los ciudadanos durante, al menos, quince días.

El listado de sanciones que manejan fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para quienes incumplan el estado de alarma y se apoya en cuatro normas: la Ley de seguridad ciudadana, conocida como 'ley mordaza'; la de salud pública, la de protección civil y el Código Penal.

Quienes incumplan las medidas establecidas podrán enfrentarse, por ejemplo, a sanciones de entre 100 y 600 euros por retirar una valla o precinto, de hasta 30.000 euros por negarse a identificarse ante un agente o de hasta 60.000 por conductas que pongan en grave riesgo la salud de la población.

El delito de desobediencia a los agentes de la autoridad o al personal de seguridad privada se castiga con pena de uno a tres meses de cárcel. El de atentado prevé penas de hasta cuatro años de prisión (y el personal sanitario se incluye entre los agentes de autoridad a esos efectos).