juicio del procés

La Abogacía del Estado pide al Supremo que rebaje de 13 a 7 años la inhabilitación de Junqueras

La Abogacía del Estado ha solicitado esta rebaja de la pena de inhabilitación de Oriol Junqueras conforme a la reforma del Código Penal, por la que se deroga el delito de sedición y se modifica el de malversación.

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ondacero.es | Eva Llamazares

Madrid | 26.01.2023 11:46

La Abogacía del Estado pide al Supremo que rebaje de 13 a 7 años la inhabilitación de Junqueras | Audio: Eva Llamazares | Foto: EFE/ David Borrat

La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que se rebaje la pena de inhabilitación impuesta al exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña y líder de ERC, Oriol Junqueras, en base a la reforma del Código Penal por la que el delito de sedición pasaba a ser de desórdenes públicos y se modificaba el de malversación.

Esta petición sucede después de que los cuatro fiscales que participaron en el juicio del procés remitiesen un escrito a la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en el que rechazaban revisar las condenasde los líderes independentistas que habían sido inhabilitados por delitos de malversación, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Según indicaron, sus condenas de inhabilitación siguen siendo posibles con el nuevo Código Penal y que revisarlas no les sería desfavorable.

De 13 a 7 años de inhabilitación

De esta manera, la Abogacía del Estado ha pedido que se sustituyan los 13 años de prisión e inhabilitación por el delito de sedición en concurso medial con malversación, por una pena de 7 años de inhabilitación absoluta.

En el escrito emitido a los magistrados del tribunal que llevaron el caso del procés, los servicios jurídicos de la Administración defienden la disminución de esta pena a Junqueras en base a la reforma del Código Penal. Por su parte, el Tribunal Supremo había dado 8 días a las defensas y a las acusaciones para que se pronunciaran sobre el impacto de la reforma penal en las condenas impuestas a los líderes independentistas en octubre de 2019.

En 39 folios la Abogacía ha insistido en esta rebaja a Oriol Junqueras "atendiendo a las penas previstas en el artículo 433 del Código Penal, con el que se castiga el uso del patrimonio público a fines diferentes al que estuviese destinado y el 557.2, relativo a los desórdenes públicos" al observar "el concurso medial entre ambos delitos".

Se aplicará la ley más favorable a los condenados

Tal y como está dispuesto en artículo 2 del Código Penal, los jueces tienen que aplicar las leyes que sean más favorables a los condenados, es decir, que el tribunal del procés tendrá que revisar las penas impuestas en 2019 a los condenados, aplicando la última reforma del Código Penal más favorable a los condenado.

Sin embargo, el Supremo ha solicitado que se pronuncien todas las partes y a continuación, será el tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena el que tome la decisión final sobre las condenas a los líderes independentistas.