LA INMOBILIARIA LO DEFINÍA COMO "MIRADOR PRIVADO"

El Supremo anula la compra de un chalé porque perdió sus "increíbles vistas al mar"

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona, que anuló la compra de un chalé porque perdió sus “increíbles vistas al mar”.

Belén Gómez del Pino

Madrid | 25.02.2020 06:59

El Tribunal condena a la promotora a devolver los 6663.000 euros que pagó el cliente en octubre de 2009 por un chalé que la inmobiliaria definía como “un mirador privado” con increíbles vistas al mar desde cualquier punto de la vivienda.

El chalé estaba situado en una urbanización privada en el municipio costero de San Vicenç de Montalt, a 40 minutos del centro de Barcelona. Un tiempo después de la compra, los compradores vieron como en la parcela contigua otra residencia levantada por la misma promotora, construía un piso adicional, restando vistas al Mediterráneo.

Los clientes llevaron el asunto a los tribunales argumentando que la inmobiliaria les había dado a entender que las casas ofertadas mantendrían siempre los mismos parámetros: un sótano y una planta baja.

El tribunal les dio la razón y también el resto de instancias a las que fue recurriendo la empresa. Un recorrido judicial que termina ahora en el Tribunal Supremo. Considera la sentencia que, aunque desde la vivienda sí puede verse el mar, las vistas no pueden ser equiparables a lo publicitado y que al saber el vendedor del perjuicio que podían sufrir los compradores, el contrato está viciado. Por eso se libera del mismo a los compradores.

La victoria judicial, sin embargo, puede no ser tanto, porque la inmobiliaria entró en concurso de acreedores hace ya dos años, por lo que es bastante probable que los compradores terminen sin indemnización, con chalé y sin las vistas al mar prometidas​