FORMACION Y PRÁCTICAS

Gobierno y sindicatos aprueban el Estatuto del Becario con el rechazo de empresarios y universidades

Gobierno y sindicatos aprueban el "Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en las empresas" sin el concurso de la patronal y sin garantías de que la mayoría necesaria lo respalde en la Diputación Permanente, el órgano de guardia tras la disolución de las Cortes.

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Caridad García

Madrid | 15.06.2023 17:09

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. | EFE/ Sergio Pérez

Después de 15 meses negociando, hoy la Vicepresidenta Segunda del gobierno, Yolanda Diaz y los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai SORDO y Pepe Alvarez han firmado el acuerdo para aprobar el "Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en las empresas" que pretende acabar con la figura de los falsos becarios y el fraude en torno a las prácticas formativas. Cuenta con el rechazo de las Universidad, los centros de Formación Profesional y las empresas que encuentran demasiadas trabas para aplicar lo que esta norma les exige.

Estas son las principales novedades del texto:

  • Será necesario un convenio con la Universidad o el Centro de Formación profesional que ampare las prácticas no laborales del alumno y en él deberá quedar reflejado el programa formativo y las tareas del becario.
  • Todos los alumnos tendrán asignado un tutor que deberá supervisar todo el proceso.
  • El tiempo total del proceso en prácticas no podrá superar las 480 horas y el número de alumnos en cada empresa no podrá superar el 20 por ciento de la plantilla de la misma.
  • Los alumnos tendrán derecho a una compensación de los gastos que generen las prácticas. Por ejemplo por desplazamiento, alojamiento o manutención. La empresa no estará obligada a abonar dichos gastos si existen otras becas o ayudas que cubran dichos gastos.
  • También tendrán derecho a los mismos servicios que el resto de la plantilla. Como servicio de restauración, aparcamiento o zonas de descanso.
  • Descanso. Los becarios, como regla general, no podrán hacer sus prácticas en horario nocturno o turnos rotatorios. Y la empresa deberá respetar los límites y descansos, incluidos días festivos y vacaciones, fijados para el resto de la plantilla.
  • El desarrollo de la formación práctica en la empresa deberá garantizar su compatibilidad con el resto de la actividad formativa en el centro de formación, por ejemplo la asistencia a exámenes que coincidan con el horario de prácticas.
  • Por último, este estatuto recoge en su articulo 6 una novedad incluida ya en la reforma de pensiones sobre los derechos de los alumnos en materia de SS. Los becarios deberán ser dados de alta en el sistema y cotizar conforme a lo dispuesto en la ley. Esta última modificación debe entrar en vigor tras el verano.