Declaración de la Renta

Cuál es la diferencia entre a pagar o a devolver en la declaración de la Renta

Alicia Bernal

Madrid | 03.04.2024 08:02

Imagen de archivo de una calculadora y anotaciones en un papel.
Imagen de archivo de una calculadora y anotaciones en un papel. | Pixabay

Este miércoles 3 de abril comienza oficialmente la campaña de la declaración de la Renta 2023, momento a partir del cual se podrá solicitar el borrador. Una de las principales dificultades que tienen algunos contribuyentes a la hora de realizar la declaración es cómo identificar si tienen que pagar o les tienen que devolver, es decir, la diferencia entre el resultado positivo y el resultado negativo.

El resultado positivo vendrá precedido del signo más (+) antes de la cantidad y significará que le ha salido a pagar. En este caso, será el contribuyente quien tenga que ingresar en Hacienda la cantidad correspondiente.

Sin embargo, si la cantidad resultante de la declaración viene precedida de un signo negativo (-) significará que le sale a devolver, es decir, que será Hacienda quien tenga que ingresar al contribuyente la cantidad que resulte a su favor.

La cuota diferencial es la diferencia entre el importe consignado en las casillas 537 y 549. De obtenerse una cantidad negativa, el importe de la casilla 550 aparecerá precedido del signo menos (-).

¿Cómo se calcula el resultado para que salga a pagar o a devolver?

Según la Agencia Tributaria, el resultado de la declaración será el producto de la siguiente operación: casillas ([550] - [551] + [552] - [562] + [563] - [575] + [576] - [589] + [590] - [591] + [592]). De obtenerse una cantidad negativa, el importe de la casilla 595 aparecerá precedido del signo menos (-). Si el resultado de la declaración es una cantidad positiva, deberá ingresar su importe.

Según estimaciones de la Agencia Tributaria cerca del 70% de las declaraciones sale a devolver, por lo que en la mayoría de casos, la casilla 595 será negativa.

Las fechas de la Renta 2023

Según informa la Agencia Tributaria en su página web, las fechas establecidas para que las personas físicas puedan confeccionar su declaración de Renta y Patrimonio 2023 son:

  • Del 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 se podrá presentar por Internet las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
  • Del 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 por teléfono. Ten en cuenta que para hacer este trámite debes hacer una solicitud de cita previa. Puedes realizarla desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.
  • Del 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas. Esta opción también necesita una solicitud de cita, que se puede solicitar desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio.