Las principales restricciones en el nivel 1 son:
Hostelería y restauración
- aforo máximo en interiores del 75% (distancia entre mesas: 2 metros)
- sin restricciones en terrazas (distancia entre mesas: 1,5 metros)
- se amplía la recomendación de personas por mesa hasta 10
- desaparece el cierre obligado de las 02:00h; el cierre será según licencia
Ocio Nocturno (discotecas)
- aforo máximo del 75%
- se permite el consumo en barra
- se autoriza bailar en la pista (con mascarilla)
- desaparece el cierre obligado a las 02:00h; el cierre será según licencia
Recintos de ocio, cultura y deporte
- En congresos, reuniones profesionales o seminarios no habrá limitación de aforo garantizando medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- En cines, teatros y salas culturales, sin limitación de aforo pero manteniendo un asiento de distancia o 1,5 metros si no hay asientos fijos, las entradas deberán ser numeradas y no se podrá comer ni beber durante el acto
- En actividades deportivas se amplía el aforo máximo al 80% en interiores y se permite el 100% en instalaciones al aire libre. Obligatoria mascarilla en gimnasios con aforo máximo del 75%.
- Se permiten los eventos deportivos no federados garantizando las medidas de distancia, higiene y prevención y un aforo de público de 75%
Comercio
- Se permite un aforo del 100% aunque se mantiene la condición de que si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente
- Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.
Otros
- En mercadillos, el aforo máximo se amplía al 100%
- En academias se amplía el aforo hasta el 100% con medidas de distanciamiento e higiene
- Lugares de culto y ceremonias religiosas: al aire libre, sin limitaciones; en interiores, aforo máximo del 75%
Se recomienda un máximo de 10 personas en las agrupaciones de personas no convivientes aplicable a todos los ámbitos.