prisión permanente revisable

Condenado por matar a cuchilladas a un hombre de 96 años en Jávea

El jurado popular halló pruebas para condenarle por asesinato con alevosía y ensañamiento

Pepe Requena

Alicante | 23.02.2024 13:06

Puerta de la Audiencia Provincial de Alicante
Puerta de la Audiencia Provincial de Alicante | EFE/ Morell

La Audiencia de Alicante ha condenado por unanimidad a la pena de prisión permanente revisable al trabajador de una empresa de Jávea dedicada al mantenimiento y limpieza de piscinas acusado de matar a un hombre de 96 años y propietario de una de las viviendas, que tenía concertado ese servicio para robarle.

El procesado, de nacionalidad colombiana, fue declarado culpable de asesinato con alevosía y ensañamiento por un jurado popular en el juicio celebrado a primeros de este mes. La víctima se encontraba en situación de especial vulnerabilidad por su edad, ya que contaba con 96 años, tenía problemas de visión y una movilidad reducida.

Hechos probados

El suceso ocurrió en diciembre de 2021. Según sostuvo la Fiscalía, el procesado utilizó las llaves para acceder al recinto de la vivienda de la víctima, que la empresa de limpieza de piscinas para la que trabajaba tenía a su disposición para realizar su mantenimiento, a pesar de que no era el día de la semana habitual en el que se desarrollaba esa tarea en esa vivienda.

Una vez en el interior, el acusado accedió a la vivienda con la intención de robar, por lo que revolvió una de las habitaciones, hasta que fue sorprendido por el dueño. En ese momento, el procesado le asestó siete puñaladas punzantes en la parte izquierda del tórax y otras dos no punzantes, que le provocaron la muerte.

El jurado popular consideró probadas las tesis de la Fiscalía a la vista de las pruebas acumuladas durante la investigación. Entre ellas, la presencia de ADN en una uña de la víctima. De igual modo, el jurado tuvo en cuenta las contradicciones en las que habría incurrido el procesado a lo largo del proceso. Todo, a pesar de que el ahora condenado negó haber cometido el crimen y declaró que no había estado en la vivienda del fallecido el día del asesinato, sino en una vivienda próxima.