Fiscalía CLM

Se deberá informar a Policía Nacional de los Menores No Acompañados que procedan de Ucrania

Así lo ha expresado la Fiscalía de Castilla - La Mancha para que el CNP proceda a su registro conforme al Artículo

215 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.

Redacción

Albacete | 15.03.2022 06:05

Sede del Tribunal Superior de Justicia de C-LM en Albacete
Sede del Tribunal Superior de Justicia de C-LM en Albacete | OC

La invasión de Ucrania está provocando una huida masiva de Menores de edad no acompañados, que huyen de la guerra buscando refugio en terceros países, entre ellos España, y

en concreto a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Con objeto de salvaguardar sus derechos y evitar en todo caso situaciones de riesgo, desprotección, desamparo o incluso la actuación de grupos, bandas o personas con fines de trata, explotación y otros delitos, el Fiscal Superior de Castilla-La Mancha ha dictado con fecha de hoy un Decreto en el que se acuerda librar oficio a las Consejerías de Bienestar Social, Sanidad y Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha, para que lo haga llegar a las Subdelegaciones del Gobierno en la Comunidad, a las Fuerzas y Cuerpos de

Seguridad del Estado de esta Comunidad Autónoma, Dirección de Seguridad Ciudadana, Diputaciones Provinciales de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, para que lo hagan llegar a todos los Ayuntamientos, Policías Locales y Servicios Sociales de los municipios, y a las ONG y entidades de trabajo con refugiados, ACNUR, CEPAIM, ACCEM, CEAR, Cruz Roja, Guada-Acoge, Movimiento por la Paz ,MPDL y Pro vivienda para poner en su conocimiento que tienen la inexcusable obligación legal de comunicar con la POLICIA NACIONAL, en cuanto cualquier MENOR NO ACOMPAÑADO de familiares biológicos, o tutores legales lleguen a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para que por el CNP se proceda a su registro conforme al Artículo 215 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000,relativo al Registro de Menores Extranjeros No Acompañados, tras lo cual, por la Fiscalía correspondiente o por la Entidad Pública competente en materia de protección de Menores se realizarán las actuaciones que procedan.